REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de marzo de 2016
205º y 157º
Asunto: AP11-V-2010-001154.
Vistas las actuaciones anteriores y particularmente el escrito presentado por la parte actora ciudadano ANIBAL JULIAN PEREZ PORTILLO, asistido por el Abogado Ali Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 219.430, mediante el cual solicita se de cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 524 procedimental, al respecto observa este Tribunal que, ciertamente el fallo dictado el 03 de abril de 2013, se encuentra definitivamente firme, en virtud de lo cual en fecha 07 de junio de 2013, se llevó a cabo el acto de nombramiento de partidor el cual recayó en el ciudadano ANGEL ALVAREZ, quien en fecha 06 de agosto de 2013, aceptó el cargo y juro cumplir bien y fielmente con el mismo.
Ahora bien, no obstante de que el partidor designado aceptó el caro recaído en su persona el 06 de agosto de 2013, no fue sino el 11 de mayo de 2015 (UN AÑO Y NUEVE MESES DESPUES), cuando presentó el informe de partición, no constando en autos notificación alguna de la parte demandada a fin de que comenzara a transcurrir el lapso de diez días al que alude el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, por tanto, en resguardo del derecho a la defensa y debido proceso de la parte demandada líbrese la correspondiente boleta de notificación a fin de que pueda ejercer la revisión respectiva si a bien tuviere hacerlo. Cúmplase.
El Juez Provisorio
Raúl Alejandro Colombani
El Secretario
Luis Vargas