REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2015-002230
PARTE OFERENTE: BAYER S.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: Mariela Castro Guerrero, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 105.122.
PARTE OFERIDA: ANNA GINA DI BATTISTA GRASANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.010.175.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA DE AUTOS
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
SOLICITUD: HOMOLOGACIÒN DE DESISTIMIENTO.

Visto el desistimiento formulado en fecha 29 de febrero de 2016, por la ciudadana Mariela Castro Guerrero, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 105.122, en su carácter de apoderada judicial de BAYER S.A, parte oferente; este Juzgado Trigésimo Noveno (39) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, Homologa el Desistimiento del Proceso de Oferta Real de Pago, incoado por la ciudadana Mariela Castro Guerrero, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 105.122. en su carácter de apoderada judicial de BAYER S.A, parte oferente, a favor de la ciudadana ANNA GINA DI BATTISTA GRASANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.010.175, parte oferida en la presente causa, a tenor de lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente al proceso laboral, de conformidad con lo pautado, en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Se da por terminado el proceso, y se ordena el archivo del expediente.

El Juez


Francisco Javier Río Barrios

La Secretaria
Génesis Bolívar