REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, Catorce (14) de Marzo de Dos Mil Dieciséis (2016).
205° y 156°
Visto el escrito de promoción de pruebas, suscrito por la abogada NANCY GONZALEZ PADRON, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 126.536, apoderada judicial de la parte querellada, así como el escrito presentado por el abogado JUAN DE LA CRUZ CRESPO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 155.510, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Juzgado observa:
En cuanto al Capitulo I del escrito de promoción de pruebas de la parte querellada denominado “PRUEBAS DOCUMENTALES”, mediante la cual promueve las siguientes documentales:
1. Copias certificadas, en primer lugar, Gaceta Municipal Nro. 089 Extraordinaria de fecha 13/06/2011, en segundo lugar, Gaceta Municipal Nro. 015 Extraordinaria de fecha 28/01/2015, Marcada con la letra “A”.
2. Copias certificadas, en primer lugar, Gaceta Municipal Nro. 0142 Extraordinaria de fecha 12/09/2011, en segundo lugar, Gaceta Municipal Nro. 0168 Extraordinaria de fecha 31/07/2015, Marcada con la letra “B”.
3. Copia certificada de documento “Memo” Nro. 01-12-007, de fecha 27/03/2012, emanado del despacho de la Contraloría, marcado con la letra “C”.
4. Copia certificada del documento “Certificado Electrónico de Recepción de la Declaración Jurada de Patrimonio”, marcada con la letra “D”
5. Copia certificada del documento “Memo” Nro. 01-12-014, de fecha 02/07/2012, emanado del despacho de la Contraloría, marcada con la letra “E”.
6. Copia certificada de los documentos donde se establecen los “Objetivos de Desempeño Individual (ODI)”, firmados por la ciudadana Katiusca Ramos, marcada con la letra “F”
7. Copias certificadas de los documentos “Evaluación de Desempeño” correspondiente al primer semestre del ejercicio 2013 y primer semestre del ejercicio 2014, marcado con la letra “G”
8. Copias certificadas de los documentos “Credencial”, “Entrevista”, “Solicitud de Recaudos”, “Desarrollo del hallazgo 1 y 2” y “Actas Fiscales”, suscritas y firmadas todas por la ciudadana Katiusca Ramos, marcada con la letra “H”
9. Copias certificadas de los documentos “Credencial”, “Programa de Trabajo”, “Entrevista”, “Solicitud de Recaudos”, “Desarrollo del Hallazgo 1 y 2” y “Actas Fiscales” suscritas y firmadas todas por la ciudadana Katiusca Ramos, marcada con la letra “I”
10. Copias certificadas de los documentos “Credencial”, “Programa de Trabajo”, “Entrevista”, “Desarrollo del Hallazgo 1 y 2” y “ Resumen Ejecutivo” suscritas y firmadas todas por la ciudadana Katiusca Ramos, marcada con la letra “J”
11. Copias certificadas de los documentos “Credencial”, “Programa de Trabajo”, “Solicitud de Recaudos” e “Informe de Seguimiento del Auditor” suscritas y firmadas todas por la ciudadana Katiusca Ramos, marcada con la letra “K”

Este Juzgado las Admite en cuanto a lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil.

En cuanto al escrito de pruebas de la parte querellante mediante la cual promueve las siguientes documentales:
1. Estatuto del Personal de la Contraloría del Municipio Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, el cual corre inserto a los folios 279 y 280, del presente expediente.
2. Ratificación de Cargo que ocupa desde el 16 de marzo de 2012 como auditor fiscal, el cual riela al folio 281.
3. Memorandum Nro. 01-15-016 por resolución Nro. DC-018-2015 de fecha 09/03/2015, el cual riela a los folios 282 y 283.
4. Notificación según resolución Nro. DC.033.2015 de fecha 22 de mayo de 2015, el cual riela a los folios 284 al 287.
Este Juzgado las Admite en cuanto a lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA ACC


Exp. 2597 Abg. BELITZA MARCANO
JVTR/BM/ed