REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO DELTA AMACURO
Maturín, 9 de Marzo de 2016
205º y 157º
ASUNTO: NP11-G-2016-000017
Visto el escrito contentivo de la demanda de CONTENIDO PATRIMONIAL, interpuesto por la abogada Luisana Violeta Cabello Angulo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 113.394, actuando en sustitución del ciudadano PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO MONAGAS, contra los ciudadanos JUAN CARLOS BERMUDEZ y JOSE RAFAEL DIAZ GAMERO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.775.909 y V- 12.154.879, respectivamente; este Tribunal se declara competente para conocer del presente recurso de conformidad con lo previsto en los artículos 9 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; y por cuanto no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad prevista en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, se ADMITE el referido recurso en cuanto derecho se refiere, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 ejusdem.
En consecuencia, se ordena la citación de los ciudadanos JUAN CARLOS BERMUDEZ y JOSE RAFAEL DIAZ GAMERO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.775.909 y V- 12.154.879, respectivamente, con la advertencia que una vez que conste en autos la practica de la misma, este Tribunal fijará hora y fecha para que tenga lugar la audiencia preliminar, a tenor de lo preceptuado en el artículo 57 eiusdem. Líbrese lo conducente.
Con respecto a la Medida Cautelar solicitada se ordena abrir el correspondiente cuaderno de medidas, a fin de proveer lo solicitado.
Regístrese y publíquese,. Cúmplase lo ordenado.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en el estado Delta Amacuro, en Maturín, a los nueve (9) días del mes de Marzo de Dos mil dieciséis (2016). Años 205° de la Independencia y 157° de la Federación.
La Jueza Suplente,
Niljos Lovera Salazar
El Secretario Accidental,
Jhoiky Rivera López
En la misma fecha, siendo las dos y treinta y cinco minutos de la tarde (02:35 p.m.), se publicó y agregó la presente resolución a las actuaciones del expediente. De igual manera, se ordenó su inserción en el Sistema Juris 2000 por parte de la ciudadana Jueza, así como su correspondiente publicación en el portal informático http://monagas.tsj.gov.ve/. Dejándose la copia ordenada para el copiador correspondiente. Conste.
El Secretario Accidental,
Jhoiky Rivera López
NLS/JRL/YVM.-
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