En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:

Primero: CON LUGAR, la demanda de DESALOJO que incoara los ciudadanos FRANCO DOMENICO SORCI ZAMBITO, ANGELA SORCI ZAMBITO, GIOCONDA SORCI ZAMBITO y ENZO SORCI ZAMBITO, contra YELITZA DEL CARMEN CASTILLO ALVAREZ, ambos identificados, debiendo esta ultima hacer entrega del inmueble ubicado en el Barrio La Cooperativa, Calle Palmira, N° 4, Municipio Girardot del Estado Aragua, libre de personas y bienes.
Segundo: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida, de conformidad a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Tercero: Regístrese, publíquese y déjese copia certificada en la sede de este Tribunal a fin de ser anexada al copiador de sentencias correspondientes al mes de marzo del presente año.