REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de mayo de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-000050
PARTE ACTORA: ROBERTO CARLOS ROMERO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES AMBIENTE XXI, C.A Y OTROS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
Hoy 02 de mayo de 2016, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anuncio dicho acto con las formalidades de ley, compareciendo a la misma el ciudadano ROBERTO CARLOS ROMERO GARCIA, ampliamente identificado en autos debidamente representado por la ciudadana ONILDA GOMEZ PAZ, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 75.129 actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y, por la parte demandada INVERSIONES AMBIENTE XXI, C.A y los ciudadanos JOSE LOOR Y ANA JOSEFINA GINOVES DE TORO compareció la abogada MARIA BEGOÑA EPELDE, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 105.131, en su condición de apoderada judicial conforme consta de poder inserto a los autos; dándose así inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo luego de haber realizado una análisis detenido de los argumentos de hecho y de derecho narrados en el libelo de demanda por la cantidad de CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL BOLIVARES (Bs. 418.000,00); pagaderos en dos (2) partes iguales, la primera para el día lunes 09 de mayo de 2016 por la cantidad de Bs. 209.000,00 y la segunda parte para el día lunes 30 de mayo de 2016, por la cantidad de Bs. 209.000,00, mediante cheque a nombre del ciudadano Roberto Romero García, identificado en autos; en horas de despacho conocidos por las partes y por ante la URDD de este Circuito; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan
La Secretaria
Abg. Sirley Bracho.
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