REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 23 de mayo de 2016
206º y 157º
ASUNTO: AH19-V-1996-000030
PARTE ACTORA: FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria “FOGADE”), Instituto Autónomo, creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 540, de fecha 20 de marzo de 1985, publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 33.190, de fecha 22 de marzo de 1985, y regido por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.627, de fecha 02 de marzo de 2011, acreditado y actuando como liquidador del BANCO LATINO S.A.C.A., antes denominado BANCO FRANCES e ITALIANO PARA LA AMERICA DEL SUR C.A., sociedad mercantil constituida originalmente por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, el 17 de febrero de 1950, bajo el Nº 311, Tomo 1-A y cuyo cambio de denominación al actual quedo registrado por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 30 de Diciembre de 1974, bajo el Nº 82, Tomo 17.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MIGUEL BERMUDEZ BELLO, SERGIO BELLO ALVAREZ, LIGIA MAESTRE MARTINEZ, IVAN RODRIGUEZ MANRIQUE, MARIA ELENA CENTENO, MARBENI SEIJAS, ALICIA GONZALEZ MORALES, IRMA BERMUDEZ ALFONZO, YAMILA SANDOVAL, MARIANELLA MONTELL, LIBIA HERNANDEZ, MARIA GABRIELA RAMIREZ, YOLANDA DE AGUIAR, JUDITH GARRIDO, MONICA NIETO, ROSARIO BELLAVILLE, MAITE CORREA, ANABEL CARDOZO, EMIRO LINARES, BELEN VELAZCO, ALONSO ROMERO, MARIA ESTRELLA SANABRIA, FRANKLIN RUBIO, KENY HOLMQUIST HOLMQUIST, JOSE AGUSTIN CAMARGO, REINALDO MARCANO, ERASMO MORENO MORAZZANI, VERONICA BAEZ, AQUITANO EDUARDO CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nos V- 6.546.971, V- 6.963.199, V-8.496.466, V-9.882.103, V-5.880.491, V-7.684.322, V-6.707.300, V-3.725.778, V-9.881.836, V-4.084.251, V-3.609.098, V-6.313.424, V-6.550.880, V-11.405.460, V-11.287.522, V-8.928.553, V- 13.886.188, V-5.962.765, V-6.977.541, V- 9.063.678, V-9.882.368, V- 6.932.744, V- 9.414.892, V-6.552.458, V-5.543.935, V-6.890.156, V-6.960.266, V-8.753.167 y V-6.327.696, respectivamente, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 46.912, 47.030, 36.853, 45.106, 30.926, 25.880, 35.410, 25.976, 45.146, 12.008, 19.150, 43.974, 26.590, 66.660, 65.053, 76.682, 87.403, 28.764, 41.235, 87.833, 41.390, 35.408, 54.152, 56.496, 73.161, 33.133, 40.088, 63.775 y 63.775, en el mismo orden enunciado.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL FOLIBER, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 7 de noviembre de 1983, bajo el No 37, Tomo 143-A Pro.; SOCIEDAD MERCANTIL DESARROLLO HABITACIONAL EL CAMBURAL, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de agosto de 1985, bajo el No 46, Tomo 50-A Sgdo.; SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES FLAMINIA, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de julio de 1976, bajo el No 3, Tomo 106-A.; SOCIEDAD MERCANTIL CONMIDE, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de abril de 1975, bajo el No 29, Tomo 17-A Sgdo.; SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA CASA, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 9 de abril de 1958, bajo el No 57, Tomo 12-A.; SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES RENTALES RECOCA, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de abril de 1977, bajo el No 48, Tomo 47-A.; SOCIEDAD MERCANTIL INVERSORA PERWEL, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 3 de julio de 1979, bajo el No 16, Tomo 99-A Sgdo.; SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA LOS ÁNGELES, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de marzo de 1972, bajo el No 64, Tomo 9-A.; SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES TRIPLE A, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29 de diciembre de 1978, bajo el No 60, Tomo 137-A Pro.; SOCIEDAD MERCANTIL CANTERAS SAN RAFAEL, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29 de abril de 1966, bajo el No 94, Tomo 13-A.; SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES COMINE, S.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 8 de marzo de 1989, bajo el No 64, Tomo 60-A Sgdo.; SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA PERWEL, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 13 de octubre de 1988, bajo el No 49, Tomo 13-A Sgdo.; SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA COLIBRÍ, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 25 de agosto de 1976, bajo el No 44, Tomo 108-A.; SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE ARPE, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 22 de julio de 1971, bajo el No 79, Tomo 60-A Sgdo.; SOCIEDAD MERCANTIL CONSORCIO EDIVIAGRO - INVERSORA CASA, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26 de octubre de 1982, bajo el No 54, Tomo 12-C Sgdo.; SOCIEDAD MERCANTIL CONSORCIO EDIVIAGRO – ESFEGA - LORICA, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de febrero de 1986, bajo el No 3, Tomo 3-C Sgdo.; SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA ESFEGA, C.A., domiciliada en san Cristóbal, Estado Táchira e inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 9 de marzo de 1951, bajo el No 15, modificando sus Estatutos según documento inscrito en el mencionado Registro, el día 7 de noviembre de 1979, bajo el Nº 51, Tomo 11-A.; SOCIEDAD MERCANTIL LÓPEZ RUÍZ INGENIEROS, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 12 de febrero de 1969, bajo el No 3-A, Tomo 45; SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES DOLE, C.A., domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el día 10 de octubre de 1986, bajo el Nº 75, Tomo 9-A Sgdo. Y los ciudadanos ARTURO PÉREZ BRICEÑO; MIMI COVA DE SACHI; MAGIN ARMANDO PÉREZ WEBEL; MARIXA PÉREZ WEBEL; NERY DE WEBEL PÉREZ BRICEÑO; JOSÉ ANGEL PÉREZ WEBEL; MARIA CONSUELO PÉREZ WEBEL; DAVID PÉREZ WEBEL; EDGAR ASÍS ESPEJO; GIOVANNI SICILIANO DE NERO, RAFAEL ARTURO PÉREZ WEBEL y RODOLFO SACCHI SCARAMELLA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos V-218.685, V-3.223, V-3.959, V-3.959.111, V-348.300, V-6.918.278, V-6.558.296, V-6.198.559, V-88.603, V-4.767.179, V-3.959.110 y V-2.952.088, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA:
1. FOLIBER, C.A., APODERADOS JUDICIALES: FRANCISCO PUPPIO LEÓN y FRANCISCO PUPPIO PISAN, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 833 y 17.064, respectivamente, y/o su DEFENSORA JUDICIAL: AMPARO GONZALEZ DE JIMENEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 11.534.
2. DESARROLLO HABITACIONAL EL CAMBURAL, C.A., DEFENSORA JUDICIAL: AMPARO GONZALEZ DE JIMENEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 11.534.
3. INVERSIONES FLAMINIA, C.A., DEFENSOR JUDICIAL: GONZALO PEREZ SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.471.
4. CONMIDE, C.A., DEFENSOR JUDICIAL: CARLOS AGAR VILLASMIL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 89.530.
5. INVERSORA CASA, C.A., APODERADOS JUDICIALES: JOSÉ MELICH ORSINI, GONZALO PÉREZ PETERSEN, GONZALO PÉREZ SALAZAR y ALBERTO PACHECO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 335, 21.960, 61.471 y 55.834, respectivamente.
6. INVERSIONES RENTALES RECOCCA, C.A., DEFENSORA JUDICIAL: AMPARO GONZALEZ DE JIMENEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 11.534.
7. INVERSORA PERWEL, C.A., APODERADOS JUDICIALES: AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ y JESUS TADEO PRATO FONTIVEROS, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 31.956 y 33.108, respectivamente, y/o su DEFENSOR JUDICIAL: GONZALO PEREZ SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.471.
8. INMOBILIARIA LOS ÁNGELES, C.A., DEFENSOR JUDICIAL: ALBERTO PACHECO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.834.
9. INVERSIONES TRIPLE A, C.A., DEFENSOR JUDICIAL: ALBERTO PACHECO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.834.
10. CANTERAS SAN RAFAEL, C.A., DEFENSOR JUDICIAL: CARLOS AGAR VILLASMIL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 89.530.
11. INVERSIONES COMINE, C.A., APODERADOS JUDICIALES: JOSÉ MELICH ORSINI, GONZALO PÉREZ PETERSEN, GONZALO PÉREZ SALAZAR y ALBERTO PACHECO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 335, 21.960, 61.471 y 55.834, respectivamente.
12. INMOBILIARIA PERWEL, C.A., APODERADOS JUDICIALES: AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ y JESUS TADEO PRATO FONTIVEROS, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 31.956 y 33.108, respectivamente.
13. INMOBILIARIA COLIBRÍ C.A., APODERADOS JUDICIALES: SIMÓN JIMÉNEZ SALAS, GABRIEL JIMÉNEZ ARAY, LUÍS GÓMEZ SAEZ, VÍCTOR BIELIUKAS DÍAZ y CATALINA CARRASQUERO RODRÍGUEZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 7, 42.379, 32.678, 51.507 y 37.801, respectivamente.
14. TRANSPORTE ARPE, C.A., DEFENSOR JUDICIAL: ALBERTO PACHECO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.834.
15. CONSORCIO EDIVIAGRO INVERSORA CASA, C.A., DEFENSOR JUDICIAL: ALBERTO PACHECO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.834.
16. CONSORCIO EDIVIAGRO ESFEGA LORICA, C.A., DEFENSORA JUDICIAL: AMPARO GONZALEZ DE JIMENEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 11.534.
17. CONSTRUCTORA ESFEGA, C.A., DEFENSOR JUDICIAL: GONZALO PEREZ SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.471.
18. LÓPEZ RUÍZ INGENIEROS, C.A., APODERADAS JUDICIALES: FELICIA LÓPEZ ACOSTA y FRANCIS LÓPEZ ACOSTA, abogadas en ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 35.673 y 47.067, respectivamente.
19. INVERSIONES DOLE, C.A., APODERADOS JUDICIALES: JOSÉ MELICH ORSINI, GONZALO PÉREZ PETERSEN, GONZALO PÉREZ SALAZAR y ALBERTO PACHECO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 335, 21.960, 61.471 y 55.834, respectivamente.-
20. ARTURO PÉREZ BRICEÑO, DEFENSOR JUDICIAL: ALBERTO PACHECO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.834.
21. MIMI COVA DE SACHI, APODERADOS JUDICIALES: JOSÉ MELICH ORSINI, GONZALO PÉREZ PETERSEN, GONZALO PÉREZ SALAZAR y ALBERTO PACHECO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 335, 21.960, 61.471 y 55.834, respectivamente.-
22. MAGIN ARMANDO PÉREZ WEBEL, DEFENSOR JUDICIAL: ALBERTO PACHECO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.834.
23. MARIXA PÉREZ WEBEL, APODERADOS JUDICIALES: OMAIRA RODRIGUEZ DE LAREZ, AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ, JESUS TADEO PRATO FONTIVEROS, FRANKLIN ARRIECHE GUTIERREZ, JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO e ISRAEL ARGUELLO LANDAETA, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 865, 31.956, 33.108, 10.905, 1.087 y 5.088, respectivamente.
24. NERY DE WEBEL PÉREZ BRICEÑO, DEFENSOR JUDICIAL: GONZALO PEREZ SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.471.
25. JOSÉ ANGEL PÉREZ WEBEL, APODERADOS JUDICIALES: IVANA OBERTI NARANJO, AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ y JESUS TADEO PRATO FONTIVEROS, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 51.264, 31.956 y 33.108, respectivamente.
26. MARIA CONSUELO PÉREZ WEBEL, APODERADOS JUDICIALES: AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ, JESUS TADEO PRATO FONTIVEROS y YULIA MARCHAMALO LOBO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 31.956, 33.108 y 134.759, respectivamente.
27. DAVID PÉREZ WEBEL, APODERADOS JUDICIALES: AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ y JESUS TADEO PRATO FONTIVEROS, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 31.956 y 33.108, respectivamente.
28. EDGAR ASÍS ESPEJO, APODERADOS JUDICIALES: OMAIRA OCAÑA AZCARATE, HÉCTOR TRUJILLO, JOSÉ TADEO SAINZ, JAVIER IÑIGUEZ ARMAS, ANDRÉS TRUJILLO ANGARITA y GORKA DE ABRISQUETA, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 18.424, 9.674, 23.131, 39.163, 44.194 y 47.123, respectivamente.
29. GIOVANNI SICILIANO DE NERO, DEFENSOR JUDICIAL: GONZALO PEREZ SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.471.
30. RAFAEL ARTURO PÉREZ WEBEL, DEFENSOR JUDICIAL: ALBERTO PACHECO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.834.
31. RODOLFO SACCHI SCARAMELLA, APODERADOS JUDICIALES: JOSÉ MELICH ORSINI, GONZALO PÉREZ PETERSEN, GONZALO PÉREZ SALAZAR y ALBERTO PACHECO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 335, 21.960, 61.471 y 55.834, respectivamente.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES.-
- I -
Se produce la presente incidencia en virtud del escrito de Transacción y sus respectivos anexos presentados en fecha veintiséis (26) de abril de dos mil dieciséis (2016), el cual fue suscrito entre las partes, por un lado el abogado FRANKLIN RUBIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 54.152, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la parte actora: FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria “FOGADE”) ente liquidador del BANCO LATINO S.A.C.A., antes denominado BANCO FRANCES e ITALIANO PARA LA AMERICA DEL SUR C.A., y por otra parte el abogado AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 31.956, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la codemandada ciudadana MARIA CONSUELO PÉREZ WEBEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-6.558.296, mediante la cual solicitan se homologue la presente transacción judicial suscrita entre las partes, la cual corre inserta en los folios 187 al 188, ambos inclusive, con sus vueltos, en la Pieza Principal VI del Presente Expediente, signado bajo el ASUNTO: AH19-V-1996-000030 (ASUNTO ANTIGUO: 1996-409), a los fines que se le imparta la correspondiente homologación, este Tribunal para decidir observa:
Los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil señalan textualmente lo siguiente:
Artículo 255. "La transacción tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada.".-
Artículo 256. "Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”.-
Al respecto, observa este Tribunal que la transacción es un convenio jurídico a través del cual las partes, mediante concesiones recíprocas, ponen fin al litigio pendiente, sin necesidad de que el Juez conozca del fondo de la causa, es decir, tiene la misma fuerza jurídica de una sentencia y procede su ejecución sin más declaratoria judicial.-
Sin embargo, el ordenamiento jurídico impone para su validez, el cumplimiento de varios requisitos específicos cuya inobservancia podría configurar causales que el Código Civil sanciona con nulidad. Igualmente, como todo acuerdo, la transacción está sometida a las mismas condiciones requeridas para la validez de los contratos en general, muy especialmente, aquéllas que aluden a la capacidad y poder de disposición de las personas que los suscriben.-
Ahora bien, visto que la parte actora: FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria “FOGADE”), Instituto Autónomo, creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 540, de fecha 20 de marzo de 1985, publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 33.190, de fecha 22 de marzo de 1985, y regido por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.627, de fecha 02 de marzo de 2011, acreditado y actuando como liquidador del BANCO LATINO S.A.C.A., antes denominado BANCO FRANCES e ITALIANO PARA LA AMERICA DEL SUR C.A., sociedad mercantil constituida originalmente por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, el 17 de febrero de 1950, bajo el Nº 311, Tomo 1-A y cuyo cambio de denominación al actual quedo registrado por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 30 de Diciembre de 1974, bajo el Nº 82, Tomo 17. Representada en este acto por el abogado FRANKLIN RUBIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 54.152, conforme se puede evidenciar en la copia simple del instrumento poder otorgado por el Presidente del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria “FOGADE”), autenticado ante la Notaria Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el No 25, Tomo 112, de fecha 13 de septiembre de 2001, la cual corre inserta en los folios 321 al 326, ambos inclusive, con sus vueltos, en la Pieza Principal V, del Presente Expediente, y en la Autorización Expresa que le fue conferida por la Secretaria Accidental de la Junta Directiva del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS, la cual corre inserta al folio 189, con su vuelto en esta Pieza Principal VI, del Presente Expediente, en tal sentido resulta demostrada la legitimidad que tiene, el mencionado abogado para representar en juicio a la parte actora, en los asuntos concernientes a la misma; y entre las facultades están aquellas que son expresas por mandato del artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, como es la facultad para transigir en juicio. Por lo que es evidente, que se han cumplido todas las formalidades y requisitos exigidos, para que el abogado FRANKLIN RUBIO, suscriba la referida transacción en nombre de la parte actora.-
Por otro lado, la codemandada: ciudadana MARIA CONSUELO PÉREZ WEBEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-6.558.296. Representada en este acto por el abogado AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 31.956, tal y como consta en el instrumento poder que le fue conferido, el cual corre inserto a los folios 7 y 8, ambos inclusive, con sus vueltos, en la presente Pieza Principal III de este Expediente. En tal sentido, resulta concluyentemente demostrada las facultades que tiene el abogado AGUSTIN AVELLANEDA PEREZ, para representar en juicio a la codemandada, en los asuntos concernientes a la misma; y entre esas facultades esta la de transigir en juicio, por lo que es evidente que se encuentra demostrada tal capacidad en este proceso. Así se decide.-
Así las cosas y toda vez que consta en autos la documentación que le confiere a las partes la facultad para transar, es evidente que se han cumplido todas las formalidades y requisitos exigidos por el mismo para celebrar la Transacción de las partes, este Tribunal considera procedente homologar la presente transacción. Así se declara.-
-II-
DECISIÓN
En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, suscrita entre las partes en los mismos términos en ella establecidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, con ocasión al juicio que por: COBRO DE BOLIVARES, incoada por el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria “FOGADE”) ente liquidador del BANCO LATINO S.A.C.A., antes denominado BANCO FRANCES e ITALIANO PARA LA AMERICA DEL SUR C.A., contra las sociedades mercantiles FOLIBER, C.A; DESARROLLO HABITACIONAL EL CAMBURAL, C.A; INVERSIONES FLAMINIA, C.A; CONMIDE, C.A; INVERSORA CASA, C.A; INVERSIONES RENTALES RECOCA, C.A; INVERSORA PERWEL, C.A; INMOBILIARIA LOS ÁNGELES, C.A; INVERSIONES TRIPLE A, C.A; CANTERAS SAN RAFAEL, C.A; INVERSIONES COMINE, S.A; INMOBILIARIA PERWEL, C.A; INMOBILIARIA COLIBRÍ, C.A; TRANSPORTE ARPE, C.A; CONSORCIO EDIVIAGRO - INVERSORA CASA, C.A; CONSORCIO EDIVIAGRO – ESFEGA - LORICA, C.A; CONSTRUCTORA ESFEGA, C.A; LÓPEZ RUÍZ INGENIEROS, C.A; INVERSIONES DOLE, C.A; y los ciudadanos ARTURO PÉREZ BRICEÑO; MIMI COVA DE SACHI; MAGIN ARMANDO PÉREZ WEBEL; MARIXA PÉREZ WEBEL; NERY DE WEBEL PÉREZ BRICEÑO; JOSÉ ANGEL PÉREZ WEBEL; MARIA CONSUELO PÉREZ WEBEL; DAVID PÉREZ WEBEL; EDGAR ASÍS ESPEJO; GIOVANNI SICILIANO DE NERO, RAFAEL ARTURO PÉREZ WEBEL y RODOLFO SACCHI SCARAMELLA, todos identificados en autos.- En consecuencia, téngase la referida transacción como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la Ciudad de Caracas, a los veintitrés (23) días del mes de mayo de dos mil dieciséis (2016). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
CAROLINA GARCÍA CEDEÑO.-
CARLOS TIMAURE ALVAREZ.-
En esta misma fecha, siendo las tres y veintiún minutos de la tarde (3:21 p.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.-
EL SECRETARIO,
CARLOS TIMAURE ALVAREZ.-
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