REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 11 de Noviembre de 2016
206º y 157º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2013-000554
ASUNTO : NP01-D-2013-000554
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. CARMELIGS TOVAR
SANCIONADA: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN LA
EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE
COAUTORIA
RESOLUCIÓN: REVISION DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA


De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida que fue impuesta a la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, Venezolana, de 19 años de edad, por haber nacida en fecha 03/09/1996, hija de Eliana Medrano (V) y Padre Desconocido, titular de la cedula de identidad Nº V-27.113,643, y con domicilio En Los Rastrojos Parroquia Juan Millán Tucupita estado Delta Amacuro, TELEFONO: 0424- 9715420, quien fue sancionada a cumplir TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES de PRIVATIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el articulo 83 ambos del Código Penal Vigente. Este Tribunal para a revisar la Medida en los siguientes Términos:

En fecha 24 de Septiembre de 2015 Se Revisó y Sustituyó la Medida Privativa de Libertad, por la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y CATORCE (14) DIAS.

Posteriormente, en fecha 24/02/2016 se Revisó y mantuvo la medida de Libertad Asistida, determinándose que había cumplido TRES (03) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS.

En fecha 11/07/2016 había cumplido con la medida de Reglas de Conducta por el lapso de OCHO (08) MESES Y CATORCE (14) DIAS, faltándole por cumplir DIEZ (10) MESES.

Asimismo, se observa que se recibió informe presentado por el Departamento de Servicio Social, a cargo de la Licenciada ERIKA LARA, quien manifestó que la joven cumple con las presentaciones, labora como suplente en la Escuela Concentrada Bolivariana de 19 de Abril del Municipio Tucupita, Parroquia San Juan Millán, actualmente posee 08 meses de embarazo , reside en el caño boca de Araguaito, Tucupita, donde el traslado vía marítima es complicado tomando en cuenta su estado de embarazo, siendo su pronostico favorable.

Se observa que hasta el día de hoy 11/07/2016 ha cumplido con la medida de Reglas de Conducta por el lapso de UN (01) AÑO Y CATORCE (14) DIAS, faltándole por cumplir SEIS (06) MESES. En consecuencia este Tribunal Revisa y Mantiene la Medida de Reglas de Conducta a la ciudadana DEL VALLE MEDRANO RODRIGUEZ, a los fines de que cumpla con los objetivos de esta fase de ejecución.

DISPOSITIVA


En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Se REVISA Y MANTIENE la medida de REGLAS DE CONDUCTA impuesta a la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y CATORCE (14) DIAS, y se determina que hasta el día de hoy ha cumplido UN (01) AÑO Y CATORCE (14) DIAS, faltándole por cumplir SEIS (06) MESES.. Esta Medida se revisa conforme al artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente. Se Fija la Próxima Revisión de Medida para el día JUEVES (11) DE MAYO de 2017. Impóngase de esta decisión a la sancionada. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y al Defensor. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Servicio Social. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,


ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.

LA SECRETARIA,


ABG. CARMELIGS TOVAR.