REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRÀNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN CAGUA
206º y 157º

Cagua, 25 de noviembre de 2016

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano RAFAEL HERNAN NAVAS D´SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 6.248.641, asistido en este acto por abogado en ejercicio SERGIO PEREZ, Inpreabogado N° 193.965, parte solicitante en el presente juicio, mediante la cual DESISTE de la acción y del Procedimiento de INTERDICCION, en virtud de que en fecha 17 de septiembre de 2009, mediante sentencia definitiva dictada por este tribunal, fue declarada la interdicción del ciudadano JOSE ALBERTO NAVAS D´SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.000.372. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 y 266 del Código de procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara extinguido el Procedimiento, por lo que se da por terminado el mismo, y en tal virtud se acuerda la desincorporación del expediente y su Archivo Judicial. Igualmente se ordena la devolución de los originales solicitados, insertos en los folios 28 al 30 y en su lugar dejar Copia Certificada de los mismos. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. ARCHÍVESE.-
EL JUEZ,



Abg. WUILLIE A. GONCALVES G.
LA SECRETARIA


Abog. LOLIMAR SOLORZANO


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,


Exp. N° 16-17313
WAGG