REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 3 de noviembre de 2016
206º y 157º

N° DE EXPEDIENTE: DP11-L-2015-000799
PARTE ACTORA: ARMANDO ALVARADO
PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo BZS CONSTRUCCION S.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado en ejercicio BRIGIDO GONZALEZ, Inpreabogado No. 68.839.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 3 de noviembre de 2016, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunal en presencia del ciudadano juez y se declaró abierto el acto, dejándose constancia que la demandante no comparecieron ni por sí, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por la parte demandada compareció su apoderado judicial Abg. BRIGIDO GONZALEZ, Inpreabogado No. 68.839. En este estado el ciudadano Juez LUEGO DE HABER TRANSCURRIDO UN LAPSO DE ESPERA PRUDENCIAL de 10 MINUTOS, y observando la persistencia de la incomparecencia de la parte actora declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 ejusdem, así mismo se ordena la devolución de las pruebas aportadas en la audiencia preliminar, así como el archivo y cierre del expediente una vez que haya transcurrido el lapso correspondiente para ejercer los recursos legales. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las 11:15 a.m. del día de hoy. Se realizan tres (3) ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.

LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA,
PERLA CALOJERO