En el día de hoy 18 de Noviembre de 2016, siendo las 02:30 p.m., previa solicitud de ambas partes de anticipar la audiencia preliminar, manifestado que renuncian a los lapsos de ley a los fines de la celebración de este acto; lo que es acordado por la ciudadana Jueza. Así mismo se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora y de su Apoderada Judicial, supra identificados; y por la parte demandada la Entidad de Trabajo SAVIRAM, C.A., comparece la apoderada judicial acompañada de la apoderada Judicial Abogada PEGGY SIMOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.218.638, Inpreabogado Nro. 48.879, plenamente identificados en el encabezamiento de ésta acta, quien consigna copia del Poder Judicial de folios útiles, previa presentación del original a modo videndi. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada SAVIRAM, C.A., ofrece pagar a la parte actora la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS CON BOLIVARES CON OCHENTA Y SÉIS CENTIMOS (Bs. F. 3.558.816,86), para ser pagado en éste mismo acto, a través de cheque Nro.44462376, con fecha 31/10/2016, elaborado a nombre del Trabajador JOSÉ RAFAEL SALAS CAMACHO, girado contra la cuenta de la Demandada Nro. 0105 0077 051077203160, del Banco Mercantil, Banco Universal. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Prestación de Antigüedad, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales y una Indemnización según Contrato Colectivo, Cláusula 55 por Retiro Voluntario. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y/o asesorado por su Abogada identificado supra, es interrogado por la ciudadana Jueza ¡Si sabe y está conforme con el monto aquí mediado y si la aceptación del acuerdo plasmado en esta acta lo hace libre y espontáneamente sin constreñimiento alguno? A lo que responde que: “Si, además aclara que sabe y conoce lo que está aceptando en este acto pues se trata de sus Prestaciones sociales; y demás derechos inherentes de la relación laboral y agrega que lo hace de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada con este pago no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados en este expediente.