ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.016-487
PARTE ACTORA: Ciudadano DENNY MONROY NOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 19.447.644.
APODERADO JUDICIAL: Abogado ERRICO DESIDERIO SCALA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.284.
PARTE DEMANDADO: HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD C.A.,
APODERADA JUDICIAL: Abogada BERTHA ELENA GUZMAN GUZMAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°184.061-.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-
En el día de hoy 13 de octubre de 2016, siendo fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el abogado ERRICO DESIDERIO SCALA, apoderado judicial del accionante, también compareció la abogado BERTHA ELENA GUZMAN, apoderada judicial de la empresa demandada. Por una parte, la parte el accionante solicita que le cancelen todas las indemnizaciones que les corresponden por concepto de prestaciones sociales, en la cantidad de Bs. 54.365,46 por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y habiendo realizado los cálculos en la presente audiencia, conviene en pagar la cantidad de Bs. 45.000,00, todos pagaderos para el día 23 de octubre de 2016. El apoderado judicial del accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados. Todas las partes declaran que con este pago se abarca todos y cada uno de los conceptos demandados y los que pudiere haber generado, no quedando ningún otro concepto de prestaciones sociales. Las cantidades de dinero objeto de este acuerdo deben ser consignadas ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO.
LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO
|