REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal PRIMERO de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 22 de Octubre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2015-002096
ASUNTO : NP01-S-2015-002096
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA QUE ORDENA EL SOBRESEIMIENTO.
Vista la solicitud presentada por en vindicterio publico, el cual solicita el sobreseimiento del ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41, de la Ley Organiza Sobre El Derecho De Las Mujeres A una Vida Libre De Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con el artículo 300 numeral 4 del texto adjetivo penal en relación con lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem.
DECISION
Por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal Primero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL conforme a lo dispuesto en el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con el artículo 300 numeral 4 del texto adjetivo penal en relación con lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem. AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41, de la Ley Organiza Sobre El Derecho De Las Mujeres A una Vida Libre De Violencia en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, del ciudadanos: RAFAEL GUICAMACUTO, cédula de identidad, V-6.699.833, Regístrese y Publíquese. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Monagas ofíciese lo conducente para que el ciudadano sea excluido de los registros del sistema policial SIPOL, por cuanto el proceso fue extinguido totalmente. Cúmplase.
El Juez
Abg. Jesús Eduardo Luna
La secretaria de Guardia.
Abga. YOMAIRA PALOMO ESPINOZA.
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