REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturin, 26 de Octubre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-001742
ASUNTO : NP01-P-2008-001742
AUTO DE CERTIFICACION DE FIRMEZA DE LA SENTENCIA
A los fines de verificar si transcurrió el plazo a que se contrae el artículo 111 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para que las partes interpongan Recurso de Apelación contra la Sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva que acordó el Sobreseimiento de la causa dictada en el presente asunto, se ordena efectuar por Secretaría el cómputo de los días hábiles transcurridos desde el día hábil siguiente a la publicación del texto íntegro de la sentencia dictada, hasta la presente fecha y con sus resultas se proveerá.
La Jueza
ABGA. Ivis Rodríguez castillo
La Secretaria
ABGA. GRACIEL CIRCELLI.
La Suscrita ABGA. GRACIELA CIRCELLIS, Secretaria Administrativa del Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas CERTIFICA: Que el día 16 de octubre del año 2014, se dictó la sentencia que ORDENA EL SOBRESEIMIENTO de la causa, donde quedaron todas las partes notificadas en las siguientes fechas, la Defensa Privada ABG. LIBERARCE ARTIGA, en fecha 24 de octubre del año 2014. la Ciudadana Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público ABG. ADARGELIS GONZALEZ, el 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2015, y las víctimas SE OMITE SU IDENTIDAD, Y EL SOBRESEIDO JOSE RAFAEL GIL OLIVEROS, en fecha 8 de Septiembre del año 2016, quedando todas las partes debidamente notificadas, de lo cual transcurrieron tres días de despacho los cuales son viernes 9, jueves 15, y viernes 16, de septiembre del año 2016 sin que se recibiera Recurso de Apelación contra la Sentencia Dictada. Conste.
LA SECRETARIA
ABGA. GRACIELA CIRCELLIS