DECISION

En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 765 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSION en DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por este Tribunal el día 19 de enero de 2015, y en consecuencia, disuelto el vinculo conyugal existente entre los ciudadanos WILLIAM ALFONSO CARVALHAIS GALLO Y ANA JUDITH CAICEDO DE CARVALHAIS venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V. 5.216.798 y V- 9.352.511 respectivamente, en virtud del matrimonio civil celebrado el día 09 de Julio de 1981, ante la oficina de Registro Civil de de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda.

Particípese lo conducente a las autoridades competentes, con inclusión de las copias de la presente decisión, previa su certificación por secretaria de este Despacho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Municipio ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción del Estado Aragua, a los Veinte (20) días del mes de Octubre del año 2016. Años 207º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA

ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA TEMPORAL,


NOHEMY COROMOTO URBINA

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 11:20 a.m.


LA SECRETARIA TEMPORAL,

NOHEMY COROMOTO URBINA


ILMV/nu/mary
Exp 11.981-15