REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ FÈLIX RIBAS, JOSÈ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria,cuatro (04) de octubrede dos mil dieciséis (2016)
206° Y 157°


SOLICITUD: 217-16
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: LARRY FRANCISCO GUTIERREZ REYES,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.620.791.
ABOGADO ASISTENTE: PEDRO LUIS RIVAS GONZALEZ, Inpreabogado Nº 246.024.

Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, según sorteo de distribución Nº 073-361, realizada en fecha 19-09-2016, firmado y presentado los recaudos de la solicitud de Únicos y Universales Herederos formulada por el ciudadano LARRY FRANCISCO GUTIERREZ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.620.791, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos LIMBERLIS CRISTAL REYES, LESME DE JESUS GUTIERREZ REYES, LORENA CRISBET REYES, LIDELMAR NINOSKA GUTIERREZ REYES y ANGEL LINARDO GUTIERREZ REYES, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° V-15.055.540, V-15.735.979, V-12.122.879, V-10.538.992 y V-11.165.732,asistidopor el Abogado en ejercicio PEDRO LUIS RIVAS GONZALEZ, Inpreabogado Nº 246.024, solicitando se les declare a los ciudadanos supra identificados como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS delaDe Cujus Arelis del Carmen Reyes, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.585.563 y falleciera ab intestato, en la ciudad de La Victoria Municipio José Félix Ribas, del Estado Aragua el día 17-03-2016, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, bajo el Nro. 257, de fecha: 07-04-2016. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud y las declaraciones de las testimoniales de los ciudadanosHERNAN SILVA SEIJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.027.890yRAMSDELL JOSE GUILLERMO FUMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.354.571, promovidas por el solicitante y evacuadas por ante éste mismo Tribunal. Así mismo dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, dela De Cujus, Ciudadana: Arelis del Carmen Reyes, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.585.563;a los ciudadanos:LARRY FRANCISCO GUTIERREZ REYES, LIMBERLIS CRISTAL REYES, LESME DE JESUS GUTIERREZ REYES, LORENA CRISBET REYES, LIDELMAR NINOSKA GUTIERREZ REYES y ANGEL LINARDO GUTIERREZ REYES, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidadnúmeros: V-13.620.791, V-15.055.540, V-15.735.979, V-12.122.879, V-10.538.992 y V-11.165.732. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes. Cumplase.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en la Victoria a los cuatro (04) días del mes de octubre de 2016. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO

ABG. ROSANGELA D. ROMERO MORGADO EL SECRETARIO TEMPORAL

ABG. ESTEBAN RESTREPO
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En la misma fecha siendo las 12:30 pm., se publicó y se registró, se dejó copia del anterior decreto, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-

El Secretario Temporal

Abg. Esteban Alfredo Restrepo Ziems.




RDRM/EARZ/rr.
Sol Nº 217-16