REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, 26 de Octubre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-000917
ASUNTO : NP01-S-2011-000917


Por recibido y visto oficio Nº. 88 de fecha 14-01-2014, emitida por la Policía Socialista del Estado Monagas, mediante la cual informan sobre la aprehensión del KENI JOSE FLORES, titular de la cédula de identidad Nº V-16.176.619, esto en razón de pesar en su contra ORDEN DE APREHENSION relacionada con asunto penal signado con el alfanumérico NP01-S-2013-000294, en tal sentido este tribunal luego de la revisión sistemática y física del asunto, hace las siguientes consideraciones.

Se desprende de la revisión realizada a las actas que conforman el presente asunto penal, que efectivamente en fecha 24-05-2013 fue ordenada la aprehensión del referido ciudadano, mediante los oficios 1CV-1523-13, 1CV-1524-13, 1CV-1525-13, 1CV-1526-13 librados a los diferentes cuerpos de seguridad del Estado a fin de la que se materializar su captura por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, siendo aprehendido y puesto a la orden del Órgano jurisdiccional que lo requería.

De igual forma se observa de las actuaciones que al ciudadano KENI JOSE FLORES, titular de la cédula de identidad Nº V-16.176.619, en fecha 12-12-2013, le fue acordada la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA por el lapso de UN (1) AÑO, CUATRO (4) MESES y VEINTIOCHO (28) DIAS otorgándosele su libertad, en tal sentido considera quien decide que no está ajustada a derecho su aprehensión con relación al presente asunto penal, en base a ello lo ajustado a derecho es declarar la Libertad Inmediata del referido ciudadano y dejar sin efecto la orden de aprehensión antes señalada. Y así se decide.

DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,: Decreta la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano KENI JOSE FLORES, titular de la cédula de identidad Nº V-16.176.619, por cuanto al mismo le fue acordada la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA por el lapso de UN (1) AÑO, CUATRO (4) MESES y VEINTIOCHO (28) DIAS otorgándosele su libertad. Asimismo se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión decretada en contra del referido ciudadano en relación al presente expediente, por lo que se ordena oficiar a los distintos Cuerpos de Seguridad del Estado. ASI SE DECIDE.

Se solicita al Director de la Policial Socialista del Estado Monagas que comunique el ciudadano FREDDY ANTONIO COA REINA, que de deberá comparecer por ante este Tribunal a la Mayor Brevedad Posible a fin de ser impuesto de la Decisión mediante la cual se le otorgó el mencionado beneficio.

Regístrese. Impóngase, Diarícese y déjese copia de la presente decisión, y hágase entrega de un juego de copias certificadas al ciudadano KENI JOSE FLORES, titular de la cédula de identidad Nº V-16.176.619.-
La Jueza Primera de Ejecución,

ABGA. DULCE LOBATON B.

La Secretaria del Tribunal,

ABGA. GRACIELA CIRCELLI J.