REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 20 de Septiembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-012250
ASUNTO : NP01-P-2012-012250
Vencido el lapso por el cual se le acordó la Suspensión Condicional del Proceso a favor del ciudadano ELIO ALEJANDRO GONZALEZ, venezolano, de 23 años de edad, Estado Civil SOLTERO, hijo de: Zulay Molina (V) y de Elio González (V), de profesión u oficio AGRICULTOR, natural de Caripe Estado Monagas, nacido en fecha 19-09-1991, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.535.666, domiciliado en: Sector la CUCHILLA, casa sin numero, Caripe estado Monagas. Telf.: 0412.8685125, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCUIOANLES GRAVISIMAS Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 414 Y 277 Del Código Penal, en perjuicio del ORLANDO RAFAEL MARQUEZ. Se procede a emitir pronunciamiento de oficio a los fines de verificar si dicho ciudadano cumplió con las condiciones impuestas en la Audiencia de Preliminar realizada en fecha 23-04-2015, a los fines de determinar si procede el Sobreseimiento de la presente causa, por lo que se procede a decidir, bajo los siguientes términos:
De la revisión de las actas procesales, así como del sistema computarizado de presentaciones, se aprecia el cabal cumplimiento por parte del ciudadano Ut Supra mencionado, así como también de las condiciones impuesta por este tribunal en fecha 27-11-2014, a quien se le suspendió el proceso por el lapso de TRES (03) MESES imponiéndole de las siguientes condiciones: .- 1) Realizar una Labor comunitaria en la cual se comprendería en un donativo DONAR 10 PLANTAS DE CHAGUARAMAS ORNAMENTALES, DIRIGIDO A LA CIUDADANA MARYORYS BANDRES coordinadora de las comunas oficina ubicada en el modulo policial de la entrada de la invasión de la puente. 2) No cometer nuevo delito.
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Sexto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se extingue la acción penal, conforme al artículo 49, ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta El SOBRESEIMIENTO de la causa seguido al ciudadano, ELIO ALEJANDRO GONZALEZ, venezolano, de 23 años de edad, Estado Civil SOLTERO, hijo de: Zulay Molina (V) y de Elio González (V), de profesión u oficio AGRICULTOR, natural de Caripe Estado Monagas, nacido en fecha 19-09-1991, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.535.666, domiciliado en: Sector la CUCHILLA, casa sin numero, Caripe estado Monagas. Telf.: 0412.8685125 por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCUIOANLES GRAVISIMAS Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 414 Y 277 Del Código Penal, en perjuicio del ORLANDO RAFAEL MARQUEZ., en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 23 de Abril de 2015, en consecuencia, cesa la Medida cautelar Sustitutiva de Libertad, otorgada en su debida oportunidad. SEGUNDO: Se acuerda librar Oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Maturín, a los fines de que sea excluido del Sistema Computarizado de Información Policial (SIIPOL) solo en relación al presente Asunto. Y a la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de hacerle del conocimiento sobre la decisión dictada por este Tribunal. Publíquese y regístrese. Notifíquese a las partes. Hágase lo conducente. Cúmplase.
El Juez
ABG. ERIC JESUS FERRER VALLADARES
El Secretario
ABG. CHRISTIABN SOTILLET
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