REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 7 de Septiembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-002302
ASUNTO : NP01-P-2012-002302
En fecha Miércoles 11 de Mayo de 2016, siendo las 02:10 horas de la tarde, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio presidido por la Jueza Suplente ABG. DORIS MARIA MARCANO, apertura la respectiva AUDIENCIA ORAL y PÚBLICA, para llevar a cabo el JUICIO del ciudadano EDINSON WINDER PALENCIA ASTUDILLO; por la presunta comisión del delito DE ROBO AGRAVADO A MANO ARMADA previsto y sancionado en el articulo 458 del Código penal y el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, y DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149, en su segundo aparte de la Ley De Drogas, compareciendo la Fiscal Segunda del Ministerio Público: ABG. LISBETH ROJAS y Fiscal 6° del Ministerio Público ABG. RODOLFO SEEKATZ, la Defensa Pública 9° Penal ABG. MARCOS MORALES, el acusado EDINSON WINDER PALENCIA ASTUDILLO, siendo fijadas las audiencias para las fechas 18/05/2016, 25/05/2016 y 02/06/2016, no se dio continuidad a las audiencias, dado que el acusado no fue trasladado pesa a las retiradas llamadas y oficio librado al Ministerio Penitenciario solicitando se gestionara las diligencias pertinentes a los fines de que dicho internado pudiera cumplir con el traslado requerido por este Tribunal, en aras de garantizar el principio de celeridad procesal; habían transcurrido mas de 16 días establecido en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, “ si el debate no se reanuda a más tardar al décimo sexto día después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser realizado de nuevo, desde su inicio[, por lo que ha operado la interrupción, toda vez que se afecto el desarrollo del proceso, y el PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN, contemplado en el artículo 17 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA INTERRUPCIÓN DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO, iniciado en fecha 11 de mayo de 2016, de conformidad con el artículo 320 ejusdem, y en el que se había llevado a cabo una (01) audiencia, en la cual no se evacuo medios de prueba. Este Tribunal se mantiene en el conocimiento del presente asunto, y en consecuencia se fija como nueva fecha para la celebración de la Audiencia Oral el día MIERCOLES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A LAS 09:30 HORAS DE LA MAÑANA.
DISPOSITIVA
En mérito de lo que antecede este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal En Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Monagas, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: INTERRUMPIDO EL DEBATE ORAL Y PUBLICO en el presente asunto, en virtud de que se perdió el Principio de Concentración, tal y como lo prevé el artículo 320 en relación al artículo 17 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal se mantiene en el conocimiento del presente asunto, y en consecuencia se FIJA Juicio Oral y Publico para el día MIERCOLES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A LAS 09:30 HORAS DE LA MAÑANA. Cítese a las partes. Líbrese boleta de traslado al Internado Judicial de Vista Hermosa. Cítese a los Medios de Prueba. Se Ordena librar notificaciones a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZA
ABG. LISBETH RONDON
La Secretaria,
ABG. ANGY GOMEZ