REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA

La Victoria, veintiuno (21) de septiembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: DP31-L-2016-000077
ASUNTO: DP31-L-2016-000077
PARTE ACTORA: IBRAHIM JOSE ASCANIO MOTABAN, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.855.097.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABG. NORELIS MAGALY MOTABAN inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 191.561
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS RONALD C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ABG. CARMEN ELENA ZERPA DE MUÑOZ, inscrita en el I.P.S.A con el Nº 15.034
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, veintiuno (21) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), siendo las 09:00a.m., oportunidad legal, día y hora fijado por este Tribunal, para que tenga lugar LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la por la parte demandada ALIMENTOS RONALD C.A. su Apoderado Judicial ABG. CARMEN ELENA ZERPA DE MUÑOZ, inscrita en el I.P.S.A con el Nº 15.034, carácter que tiene acreditado en autos, se deja expresa constancia que la parte actora, no compareció a la presente Audiencia , ni por si, ni por medio de representante judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2016), es todo termino y conforme firman.

LA JUEZA

ABG. AMPARO GUEDEZ

ABOGADO DE LA
PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,
ABG. LEONOR SERRANO