REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 29 de septiembre de 2016
206º y 157º
Asunto: AP31-S-2016-002883
SOLICITANTE: HIPÓLITA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GALINDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.219.088.
ABOGADA ASISTENTE: MAILETH DEL CARMEN PARRA VIRGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.702.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN

Capítulo I
ANTECEDENTES
Visto el escrito presentado por la ciudadana HIPÓLITA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GALINDEZ, antes identificada, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MAILETH DEL CARMEN PARRA VIRGUEZ, antes señalada, por medio del cual solicita la Rectificación del Acta de Defunción del de cujus, ciudadano ISAIAS RODRÍGUEZ ARRIECHI, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Defunción Nº 310, de fecha 18 de marzo de 1993, inserta en el Libro de Defunciones llevado por ante esa autoridad civil, alega la solicitante que se cometió un error involuntario en cuanto a que omitieron su nombre en la mencionada acta de defunción.
Por auto de fecha 21 de abril de 2016, el Tribunal dictó auto mediante el cual admitió la solicitud y ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan verse afectadas en sus derechos, a fin de que se hicieran parte en el presente procedimiento. En esa misma fecha se libró cartel de emplazamiento.
En fecha 09 de mayo de 2016, mediante diligencia la ciudadana HIPÓLITA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GALINDEZ, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MAILETH DEL CARMEN PARRA VIRGUEZ, retiró el cartel de emplazamiento, consignando la publicación del mismo en el diario Últimas Noticias, así como copia de la cédula de identidad del de cujus, mediante diligencia de fecha 23 de mayo de 2016.
En fecha 23 de mayo de 2016, mediante diligencia la ciudadana HIPÓLITA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GALINDEZ, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MAILETH DEL CARMEN PARRA VIRGUEZ, consignó copias de las cédulas de identidad de las personas que presenta como testigos e indicó las preguntas que se le harán a los mismos.
En fecha 06 de junio de 2016, comparecieron los ciudadanos LYDA MARGARITA PALACIOS MARTINI, YESIKAA DENISSE ROJAS VIVAS y CARMEN HILDEGAR VIRGUEZ DE PARRA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.976.105, V-16.224.483 y V-3.087.162, respectivamente, y declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción.
En fecha 14 de junio de 2016, el Secretario del Tribunal dejo constancia de la consignación del cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 28 de junio de 2016, mediante diligencia la ciudadana HIPÓLITA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GALINDEZ, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MAILETH DEL CARMEN PARRA VIRGUEZ, solicitó la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 04 de julio de 2016, previa solicitud y mediante nota de secretaria se libró Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 18 de julio de 2016, mediante diligencia compareció el ciudadano Jairo Álvarez, Alguacil adscrito al Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio de esta Circunscripción Judicial, dejo constancia de haber practicado la Citación de la representación Fiscal.
Capítulo II
DE LAS PRUEBAS
Para probar lo alegado, la solicitante consignó los siguientes instrumentos:
Copia certificada del Acta de Defunción, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 310 de fecha dieciocho (18) de marzo del año 1993, cursante en autos, donde se desprende claramente el error manifestado por la solicitante, y por constituir dicha acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevén los artículos 429 y 509 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.
Copia certificada de la partida de nacimiento de la solicitante, ciudadana HIPÓLITA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GALINDEZ, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 914 de fecha nueve (09) de marzo del año 1960, cursante en autos, y por constituir dicha acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevén los artículos 429 y 509 del Código de Procedimiento Civil se le aprecia en todo su alcance probatorio.

Capítulo III
MOTIVACIÓN
Analizadas las pruebas presentadas por la solicitante, transcurrido el lapso suficiente para la comparecencia del Fiscal del Ministerio Público, y encontrándose el Tribunal en la oportunidad para decidir el caso de autos, considera suficiente para determinar lo alegado en autos, por lo que se demostró un error material en el acta de defunción del de cujus, ciudadano ISAIAS RODRÍGUEZ ARRIECHI, inserta en el libro de Registro Civil de Defunciones, llevado por ante por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 310, de fecha dieciocho (18) de marzo del año 1993, específicamente en cuanto a que omitieron el nombre de su hija, ciudadana HIPÓLITA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GALINDEZ, siendo lo correcto la inclusión de la mencionada ciudadana en dicha acta defunción.
Así las cosas, probado como ha sido lo alegado y llenos los requisitos establecidos en los artículos 768, 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, y no habiéndose observado vicios que ameriten reposición o nulidad de las actuaciones cumplidas, a juicio de quien aquí decide, la presente solicitud es procedente en derecho y debe ser declarada con lugar; y así se decide.
Capítulo IV
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: CON LUGAR: La Rectificación del Acta de Defunción del de cujus, ciudadano ISAIAS RODRÍGUEZ ARRIECHI, inserta en el libro de Registro Civil de Defunciones, llevado por ante por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 310, de fecha dieciocho (18) de marzo del año 1993, en cuanto a que omitieron el nombre de su hija, ciudadana HIPÓLITA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GALINDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.219.088, siendo lo correcto la inclusión de la mencionada ciudadana en dicha acta defunción.
Segundo: Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a los mismos, copias certificadas de la presente decisión. Líbrense oficio.
Tercero: Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el veintinueve (29) de septiembre del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
El Juez Provisorio

Luis Alejandro Vargas
El Secretario Temporal

Jouberth Pérez

En esta misma fecha siendo las 10:30 a.m., se publicó y registró la presente decisión.
El Secretario Temporal

Jouberth Pérez

















LAV/JP/je-.