REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal PRIMERO de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y
Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 9 de Abril de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2015-000297
ASUNTO : NP01-S-2015-000297
Visto el escrito presentado por la ABG. FRANISES VALERA PALICHE, Fiscal Auxiliar Décima Octava del Ministerio Público del Estado Monagas, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguido al ciudadano: GILBERTO JOSE GOMEZ FIGUEROA por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, Y AMENAZA previsto y sancionado en los Artículos, 42, 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD ..
IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO
El imputado resulto ser: GILBERTO JOSE GOMEZ FIGUEROA, titular de la cedula de identidad, V-18.927.500, sin mas datos por identificar.
DE LOS HECHOS
Los hechos resultan ser los denunciados en fecha 02-07-2014, por la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , quien relató que denuncia a su ex pareja de nombre GILBERTO JOSE GOMEZ FIGUEROA, porque presuntamente ha tomado una actitud agresiva desde que se separaron acosándola, amenazándola e insultándola vía telefónica y personalmente…
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISIÓN.
Del examen realizado a las actas que conforman la presente causa se desprende que tal como lo señala el Ministerio Público en su escrito, el hecho objeto de la presente investigación no se pudo probar, ya que se evidencia que no cursan en las actuaciones elementos suficientes que determinen que los hechos hayan ocurridos de la forma como fueron narrados por la víctima, que sean útiles para probar la comisión del delito que le fuera atribuido al imputado de marras, no existiendo la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, en virtud del tiempo transcurrido desde el momento en que ocurrieron los hechos hasta la presente fecha.
Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano GILBERTO JOSE GOMEZ FIGUEROA, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres Vivir una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal,
PETITORIO
Por todo los razonamientos anteriores expuestos, esta representación fiscal, solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano: GILBERTO JOSE GOMEZ FIGUEROA por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, Y AMENAZA previsto y sancionado en los Artículos, 42, 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD .
Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal PRIEMRO de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano GILBERTO JOSE GOMEZ FIGUEROA por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, Y AMENAZA previsto y sancionado en los Artículos, 42, 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , Es todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ya explanados, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano GILBERTO JOSE GOMEZ FIGUEROA, , titular de la cedula de identidad, V-18.927.500, sin mas datos por identificar, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, Y AMENAZA previsto y sancionado en los Artículos, 42, 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal; Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes. Una vez vencido el lapso legal remitir al archivo definitivo. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,
ABGA. MILAGRO FARIÑAS IDROGO
Secretaria,
ABGA. YOMAIRA PALOMO
|