REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal PRIMERO de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y
Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 9 de Abril de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2015-002504
ASUNTO : NP01-S-2015-002504

Visto el escrito presentado por la ABGA. ADARGELYS GONZALEZ, Fiscal Auxiliar Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Monagas, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguido al ciudadano: CESAR LUIS YEGUEZ AMUNDARAY por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en Artículo, 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD
IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO
El imputado resulto ser: ISSAISA CORONEL, titular de la cedula de identidad, V-17.113.521, natural de Punta de Mata Estado Monagas, nacido de fecha 23-10-1983 de 32 a-os de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio: CHOFER, residenciado al final de la Av. sucre, casa S/N, el tejero, municipio Ezequiel Zamora, del Estado Monagas.
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISIÓN.
Ahora bien, esta representación Fiscal del Estudio y análisis de las actas que conforman el presente expediente, apertura de investigación penal en fecha 16-07-2015, en virtud de denuncia formulada ante el cuerpo de investigaciones científicas penales y Criminalísticas, sub.-delegación, punta de Mata Estado Monagas, observa que aun cunado la ciudadana: SE OMITE SU IDENTIDAD , titular de la cedula de identidad Nº 18.274.490, natural de distrito capital, de 31 años de edad de oficio: del hogar por haber nacido en fecha 27-08-1983, de residencia en: Calle Arévalo González, casa Nº 10, sector sagrado corazón de Jesús el Tejero Municipio Ezequiel Zamora Estado Monagas, y quien expone: “ COMPAREZCO por ante este despacho, con la finalidad de denunciar a mi ex pareja de nombre CESAR LUIS YEGUEZ AMUNDARAY, ya que el día de hoy en horas de la tarde, me agredió físicamente en la cara con un golpe, casándome un hematoma, es todo”.
PETITORIO
Por todo los razonamientos anteriores expuestos, esta representación fiscal, solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano: CESAR LUIS YEGUEZ AMUNDARAY por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en Artículo, 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD
Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal PRIEMRO de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano CESAR LUIS YEGUEZ AMUNDARAY por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en Artículo, 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , Es todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ya explanados, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano CESAR LUIS YEGUEZ AMUNDARAY por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en Artículo, 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal; Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes. Una vez vencido el lapso legal remitir al archivo definitivo. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,

ABGA. MILAGRO FARIÑAS IDROGO.

Secretaria,

ABGA. YOMAIRA PALOMO