REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal PRIMERO de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y
Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 9 de Abril de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2015-002782
ASUNTO : NP01-S-2015-002782

Visto el escrito presentado por la ABG. FRANISES VALERA PALICHE, Fiscal Auxiliar Décima Octava del Ministerio Público del Estado Monagas, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguido al ciudadano: ENRIQUE JOSE GERONE HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, Y AMENAZA previsto y sancionado en los Artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD .
IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO
El imputado resulto ser: ENRIQUE JOSE GERONE HERNADEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad V-.21.051.364.
DE LOS HECHOS
Cursa al folio tres (03), de las actuaciones, Acta Policial, de fecha 20-10-2014 Suscrita por los funcionario de la policía del estado Monagas…, donde deja constancia… sobre la aprehensión del ciudadano: ENRIQUE JOSE GERONE HERNADEZ, venezolano, Titular de la cedula de identidad, Nº 10.831.661 residenciado prados del este 1 Sabana grande Maturín Estado Monagas.
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISIÓN.
Ahora bien, esta representación Fiscal del Estudio y análisis de las actas que conforman el presente expediente, denuncia en fecha 10-08-2014, en virtud de denuncia formulada ante el cuerpo de investigaciones científicas penales y Criminalísticas, sub.-delegación, maturín estado Monagas, observa que aun cunado la ciudadana: SE OMITE SU IDENTIDAD , titular de la cedula de identidad Nº 21.051.364 de 24 años de edad de oficio ESTUDIANTE DE EDUCACION INTEGRAL EN LA SIMON RODRIGUEZ, natural de caracas Distrito capital, residenciada en terrazas del oeste, transversal A, casa Nº 73, eso queda cerca de una carpintería que esta en la esquina maturín estado Monagas,, y quien expone: “ comparezco por ante este despacho fiscal a los fines de denunciar al ciudadano de nombre: ENRIQUE JOSE GERONE HERNANDEZ, nosotros estábamos saliendo hace aproximadamente dos meses, el caso es que yo no quise mas nada con el, a raíz de eso el ,e anda acosando y me anda amenazando, diciéndome que si yo no estoy con el no me va dejar tranquila, que se va meter con mi familia si yo no hago lo que el me dice, se puso a amenazar a mi hermano diciéndole que lo iba matar, que yo le diera la cara, que ellos iban a pagar las cosa por mi, a mi hermano le hizo las amenazas por mensajes de textos al numero de mi hermano le hizo las amenazas por mensajes de textos al numero de mi hermano: 0416-1862251, y el nombre de mi hermano JOSE ADRIAN HERNANDEZ, y a mi me envía mensajes diciéndome que no me va dejar tranquila, me va chantajear que las consecuencias va a pagar algunos de mi familiares que si yo lo denunciaba me iba ir peor, el dice que sabe todos los pasos que yo doy, donde trabajo, donde voy, donde vivo que l sabe todo de mi, y esa situación me tiene nerviosa tengo una semana en esto, no como no duermo pensando en esto, es todo.
PETITORIO
Por todo los razonamientos anteriores expuestos, esta representación fiscal, solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano: ENRIQUE JOSE GERONE HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, Y AMENAZA previsto y sancionado en los Artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD .-

Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal PRIEMRO de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano ENRIQUE JOSE GERONE HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, Y AMENAZA previsto y sancionado en los Artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , Es todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 300ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ya explanados, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano ENRIQUE JOSE GERONE HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, Y AMENAZA previsto y sancionado en los Artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal; Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes. Una vez vencido el lapso legal remitir al archivo definitivo. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,

ABGA. MILAGRO FARIÑAS IDROGO
Secretaria,

ABGA. YOMAIRA PALOMO