REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMASDE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 17 de abril de 2017-
206° y 157º

ASIENTO Nº ______
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 15.5993
PARTES: LUIS EDUARDO QUINTERO FLORES y RUTH MAGDIEL RODRÍGUEZ DE QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-21.464.151 y V-24.420.659; respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE: JHOANNA SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.86.876.-
motivo: SEPARACIÓN DE CUERPOS.-

-I-

En fecha 25.09.2015, los ciudadanos LUIS EDUARDO QUINTERO FLORES y RUTH MAGDIEL RODRÍGUEZ DE QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-21.464.151 y V-24.420.659; respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio JHOANNA SILVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.86.876, presentaron ante este Tribunal escrito de Separación de Cuerpos y Bienes, por mutuo consentimiento, exponiendo que el día 24.08.2012, contrajeron Matrimonio Civil, según consta en Acta de Matrimonio N°208, del Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua. Que de dicha unión no procreamos hijos y no adquirieron bienes.
Este Tribunal en fecha 29.09.2015, admitió y decreto la Separación de Cuerpos.
En fecha 19.10.2016, mediante diligencia suscrita por la ciudadana RUTH MAGDIEL RODRÍGUEZ DE QUINTERO, antes identificada, solicito al Tribunal se sirva Decretarla Conversión en Divorcio en virtud de haber transcurrido un (01) año sin verificarse reconciliación alguna.
En fecha 17.01.2017, mediante auto el Tribunal ordena librar boleta de notificación al ciudadano LUIS EDUARDO QUINTERO FLORES, a los fines de que exponga lo que crea conducente en la Conversión solicitada.
En fecha 05.04.2017, el Alguacil de este Despacho consigno boleta de Notificación debidamente firmada y sellada.
Siendo la oportunidad para decidir el tribunal observa que: Consta del examen de autos de los Ciudadanos LUIS EDUARDO QUINTERO FLORES y RUTH MAGDIEL RODRÍGUEZ DE QUINTERO, se encuentran separados por más de un (01) año, sin existir entre ellos reconciliación alguna, por lo cual es procedente la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos solicitada.


-II-
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Cagua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos LUIS EDUARDO QUINTERO FLORES y RUTH MAGDIEL RODRÍGUEZ DE QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-21.464.151 y V-24.420.659; respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el Matrimonio que los une, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 24 de agosto 2012, asentada bajo el N° 208; de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los diecisiete (17) días del mes de abril de 2017. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO


ABG. WUILLIE GONCALVES
LA SECRETARIA


ABG. BERLIX ARIAS
En esta misma fecha, siendo las 11:30 a.m., se publicó y registró la anterior Sentencia.

LA SECRETARIA



Exp. Nº15-5993.-
WG/Ba/af.-