REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
206º y 157º
SENTENCIA DEFINITIVA
-I-
EXPEDIENTE Nº 4527-12
MOTIVO: SEPARACIÒN DE CUERPOS (Conversión en Divorcio)
PARTES SOLICITANTES: NANCY CAROLINA MONSALVE NEIRA Y LUIS JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, y Titulares de las Cédulas de Identidad Números V-15.470.866 y V- 13.241.233, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: RAIDA TAMARA GOMEZ MONTERO, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 151.470.-
En fecha Treinta (30) de enero de 2.012, comparecen los ciudadanos NANCY CAROLINA MONSALVE NEIRA Y LUIS JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, y Titulares de las Cédulas de Identidad Números V-15.470.866 y V- 13.241.233, respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana RAIDA TAMARA GOMEZ MONTERO, Abogado en ejercicio, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 151.470.-consignan recaudos de la presente solicitud. Y mediante auto de la misma fecha (30-01-2012) admitió y decreto la solicitud de Separación de Cuerpos, en la misma forma, términos y condiciones por ellos convenido, de conformidad con lo establecido en los Artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha (22) de Octubre de 2013, consigno diligencia los ciudadanos NANCY CAROLINA MONSALVE NEIRA Y LUIS JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, y Titulares de las Cédulas de Identidad Números V-15.470.866 y V- 13.241.233, respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana RAIDA TAMARA GOMEZ MONTERO, Abogado en ejercicio, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 151.470, mediante el cual exponen: visto que ha transcurrido más de un año de separación sin haberse reconciliado, por lo que de común y mutuo acuerdo solicitaron al Tribunal la Conversión en Divorcio.
En fecha 28 de octubre de 2013, se dicto auto ordenado la notificación del ciudadano Fiscal Superior del Ministerio Publico.
En fecha 14 de marzo del 2017, comparece el alguacil del Tribunal Abg, ESTEBAN ZIEMS consigna recibo de la boleta de notificación que fuese librada al ciudadano Fiscal Superior del Ministerio Publico.
-III-
Siendo la oportunidad legal para Decidir, el Tribunal observa que: Consta del examen de autos que los Ciudadanos NANCY CAROLINA MONSALVE NEIRA Y LUIS JAVIER GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, y Titulares de las Cédulas de Identidad Números V-15.470.866 y V- 13.241.233, respectivamente, que se encuentran separados por más de Un (01) año sin existir entre ellos reconciliación alguna, por lo cual es procedente la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos solicitada; y Así se Decide.
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