REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, tres de abril de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: DP11-L-2016-000105
PARTE ACTORA: CARLOS LUIS VELÀSQUEZ GONZÀLEZ, cédula de identidad No. V-14.578.764.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KARINA CORONEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 95.740.
PARTE DEMANDADA: BZS CONSTRUCCION S.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: BRIGIDO GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 68.839.
MOTIVO: Diferencias de prestaciones sociales.
En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 11:00 de la mañana, comparecen voluntariamente por la parte actora KARINA CORONEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 95.740, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CARLOS LUIS VELÀSQUEZ GONZÀLEZ, cédula de identidad No. V-14.578.764, como se evidencia del poder inserto a los folios 12 al 14 de los autos y por la entidad de trabajo BZS CONSTRUCCION S.A comparece BRIGIDO GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 68.839, tal como consta del instrumento poder inserto a los folios 82 al 16 del expediente. En este estado ambas partes solicitan celebrar audiencia conciliatoria en etapa de ejecución de sentencia para materializar lo sentenciado por el Tribunal Superior Tercero, inserta en los folios 165 al 176 y la sumatoria del monto indexado e intereses de mora efectuados por esta rectora inserto a los folios 183 al 186 de los autos. La Juez, verificada la cualidad de las partes, acuerda lo peticionado y declaro abierto el acto. En este estado, la parte condenada entrega en este acto a la apoderada judicial actora, supra identificada, la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NUEVE BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 65.409,34), los cuales son pagados mediante 2 cheques identificados con el No.33013675 y 24013676 respectivamente, de la cuenta corriente No.01020552220000059433 emitidos contra el Banco de Venezuela de fecha 31-3-2017, se anexa copia de los instrumentos mercantiles antes identificados. La parte actora, representada por su apoderada judicial KARINA CORONEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 95.740, manifiesta su conformidad con lo aquí expuesto y recibe los cheques ya detallados.
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