REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN VILLA DE CURA.
SOLICITUD Nº 7049
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA N° 53–10082017
SOLICITANTES: MARÍA ANTONIA PARRA RAMIREZ, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.390.406.
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Juzgado y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: MARÍA ANTONIA PARRA RAMIREZ, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.390.406, sobre unas bienhechurias levantadas en un lote de terreno municipal, constante de una superficie de CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS CENTIMETROS (474,86 m2) ubicado en: Calle El Deleite, casa N° 11, Sector Banco Obrero, Parroquia San Francisco de Asís, Municipio Zamora, Entidad Federal del estado Aragua, cuyos linderos son: NORTE: En 43,50 Mts con casa que es o fue de la Familia Fagundez; SUR: En 51,00 Mts con Quebrada Los Aguacates; ESTE: En 7,30 Mts con Casa que es o fue de Elia Parra y OESTE: En 12,80 Mts con Calle El Deleite que es su frente; identificados con el Código Catastral, N° 05-16-03-U01-11, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura a los diez (10) días del mes de Agosto (08) de Dos Mil Diecisiete (2017). Años 206° y 158°
LA JUEZA PROVISORIA.
ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO.
ABOG: DAVID MIRATIA.
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO
ABOG: DAVID MIRATIA.
SOLICITUD N° 7049
DVOTE/DM/ILEANA G.
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