REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE






TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


SOLICITUD Nº 7009
SENTENCIA N° 23 - 03082017
SOLICITANTE: JHOBERT ROBERTO GONZALEZ DOMÍNGUEZ y LISBETH CAROLINA PINTO, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros V-19.417.932 y V-17.790.856, respectivamente.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TÍTULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara: TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos JHOBERT ROBERTO GONZALEZ DOMÍNGUEZ y LISBETH CAROLINA PINTO, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros V-19.417.932 y V-17.790.856, respectivamente, sobre unas bienhechurías levantadas sobre un terreno propiedad Municipal con un área aproximada de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (96.00 m2), ubicado en: Calle 4, Casa N° 42, Sector 1, Urbanización Francisco de Miranda, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, cuyas medidas y linderos son: NORTE: En 6,40 MTS. Con Casa 1 de la vereda 9; SUR: En 6.40 MTS. Con Calle 4 que es su frente; ESTE: En 15.00 MTS. Con Vereda 9; y OESTE: En 15.00 MTS. Con Casa N° 44 de la Calle 4; identificada con el Código Catastral N° 05-16-01-U01-42, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Tres (03) días del mes de agosto de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Nueve (09) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA
SOLICITUD N°7009
DVOTE/DM/mg.-