REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITUD: 383-17
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: MIRIAN JOSEFINA HERRADA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.481.948
ABOGADO ASISTENTE: MARILEN JOSEFINA COLINA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.124

Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 040-165, realizada en fecha 21 de Noviembre de 2017, presentados los recaudos se ADMITIO en fecha 04 de Diciembre de 2017 , formulada por la Ciudadana MIRIAN JOSEFINA HERRADA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.481.948, debidamente asistida por la Abogada, MARILEN JOSEFINA COLINA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.124, solicitando se le declare como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del fallecido JEAN CARLOS LOPEZ HERRADA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 27.707.537 quien falleciera ab intestato, en El Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, el día 18 de Agosto de 2017, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, según Acta Nro. 778, Tomo 04, Año 2017. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido JEAN CARLOS LOPEZ HERRADA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 27.707.537, a la ciudadana MIRIAN JOSEFINA HERRADA TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-12.481.948. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.


Publíquese, regístrese y déjese copia


Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 12 de Diciembre de Dos Mil Diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.

LA JUEZA PROVISORIO

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO


LA SECRETARIA

ABG. LLASMIL COLMENARES

En la misma fecha siendo las 3:00 pm. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-


LA SECRETARIA

ABG. LLASMIL COLMENARES


Sol Nº 383-17
RDRM/LLTC/At.