REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITUD: 327-17
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: YUREYDY YAMEICY PEREZ FLORES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 17.050.852 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: RICARDO TULIO GARBAN POCAY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.057.
Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 060-216, realizada en fecha 28-06-2017, y admitida en fecha 04-07-2017, formulada por la Ciudadana: YUREYDY YAMEICY PEREZ FLORES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 17.050.852, debidamente asistida por el Abogado, RICARDO TULIO GARBAN POCAY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.057, solicitando se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido CONCEPCION PEREZ, quien era venezolano, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.373.091 quien falleciera ab intestato, en el Hospital Licenciado José María Benítez, La Victorial Municipio José Félix Ribas, del Estado Aragua, el día 09-11-2014, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Folio Nº 197, Acta Nro. 697, Año 2014. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido: CONCEPCION PEREZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad, V-3.373.091 a la ciudadana, YUREYDY YAMEICY PEREZ FLORES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.050.852. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 06 de Diciembre de Dos Mil Diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO
AGB. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. LLASMIL T. COLMENARES
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En la misma fecha siendo las 2:30 pm. Se publicó y se registro, se dejo copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. LLASMIL T. COLMENARES
RDRM/LLTC/Am
Sol Nº 327-17
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