REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
206° y 158º
SOLICITUD Nº 7286
SENTENCIA N° 35-14122017
SOLICITANTE: DANIEL ENRIQUE OVALLES HERNANDEZ, venezolano, mayor edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-963.756
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TÍTULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la solicitud presentada la ciudadana DANIEL ENRIQUE OVALLES HERNANDEZ, venezolano, mayor edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-963.756, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: documento público que fueron presentados en originales y protocolizados por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Zamora del Estado Aragua, bajo los Nros. 6, folios 6 y 7 del Protocolo Primero y 75 folios 106 y 107 del protocolo 1°, y correspondientes a los Libros de los años 1966 y 1959, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 429 del Código de procedimiento Civil y 1357 del Código Civil, igualmente consignó Levantamiento parcelario y Ficha de inscripción Catastral N° 2071R/17, emanados de la Dirección de Catastro, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: HAIDEE RAFAELA MEJIAS APONTE y HAYBERTH BERSAHY GUAIRA MEJIAS, venezolanas, mayores edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.296.619 y V-20.355.792, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano DANIEL ENRIQUE OVALLES HERNANDEZ, venezolano, mayor edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-963.756, sobre una Parcela de terreno de su propiedad con una extensión de terrenos que mide de OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS (800,40 Mts2), ubicado en: Barrio Los Colorados, Calle Ayacucho, Casa N° 08, Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: Terrenos vacios del Municipio SUR: Parcela de la señora Luisa Elena de Guerra; ESTE: Terrenos vacios, y OESTE: Calle Ayacucho en medio, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Catorce (14) días del mes de Noviembre de DOS MIL DIECISIETE (2017).
LA JUEZ,

ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO.

ABG. DAVID MIRATIA
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Catorce (14) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO.
Solicitud N° 7286
OTE/dm/Javier