REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 15 de febrero de 2017
206º y 157º
ASUNTO DP11-L-2015-001258
PARTE ACTORA: MIGUEL BARRIOS, SIMON ILARRAZA, RAFAEL TOVAR, HUMBERTO PERAZA, JOSE TEJADA, WILLIAM BLANCO y HERNAN MONTILLA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.273.253, V-7.224.856, V-9.641.294, V-11.352.228, V-7.269.515, V-4.229.001 y V-5.352.407, respectivamente. (No constituyó).
APODERADOS JUDICIALES DE LA ACTORA: FREDDY SILVA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 165.814. (No constituyó).
PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo HILADOS FLEXILON, S.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: DELIN MILIANI y ALBERTO BORGES, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 50.429 y 6.080.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
En el día de hoy, lunes 15 de febrero de 2017, siendo las 10:00 de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia de Juicio en la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, intentaran los ciudadanos MIGUEL BARRIOS, SIMON ILARRAZA, RAFAEL TOVAR, HUMBERTO PERAZA, JOSE TEJADA, WILLIAM BLANCO, y HERNAN MONTILLA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.273.253, V-7.224.856, V-9.641.294, V-11.352.228, V-7.269.515, V-4.229.001 y V-5.352.407, respectivamente, en contra de la entidad de Trabajo HILADOS FLEXILON, S.A. con tal propósito se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidido por la ciudadana Juez ABG. SABRINA RIZO ROJAS, con la asistencia del Secretario ABG. JOSÉ JAVIER NAVA y el Alguacil ciudadano MARCOS LINARES. Se deja constancia que se dio apertura al acto, en tal sentido, el Secretario dejó constancia que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes POR LA PARTE ACTORA: No compareció persona alguna ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. POR LA PARTE DEMANDADA: Los apoderados judiciales DELIN MILIANI y ALBERTO BORGES, inscritos en el INPREABOGADO bajo el Nº 50.429 y 6.080. Acto seguido, verificada la incomparecencia de la parte actora, corresponde que este Tribunal aplique las consecuencias establecidas en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, atenuadas por el criterio que con carácter vinculante estableció la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 1.184 de fecha 22 de septiembre de 2009, por lo que se declara el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, siendo el Técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual el ciudadano ANTONIO RIVERO. Se dio por concluido el presente acto hoy, 15 de Febrero del 2017, siendo las 10:15 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman
LA JUEZ
ABG. SABRINA RIZO ROJAS
LOS APODERADOS DEMANDADOS
EL SECRETARIO
ABG. JOSÉ JAVIER NAVA
ASUNTO: DP11-L-2015-001258
SRR/JN
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