REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTES: FRANKLIN RAFAEL BEDON VILLEGAS y ARELYS DEL CARMEN CARMONA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-17.246.012 y V-17.809.429, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio MARIA TERESA TERAN, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 170.404
MOTIVO: CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACION.
EXPEDIENTE N°: 13288
SENTENCIA DEFINITIVA

En fecha 06 de Abril de 2.015, los ciudadanos FRANKLIN RAFAEL BEDON VILLEGAS y ARELYS DEL CARMEN CARMONA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros: V-17.246.012 y V-17.809.429 respectivamente y de este domicilio, asistidos por la Abogada en ejercicio MARIA TERESA TERAN, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 170.404
Solicitaron la SEPARACIÓN DE CUERPOS. En fecha 14 de Diciembre de 2.015, este Tribunal conforme al artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, Parágrafo Primero en concordancia con el artículo 189 del Código Civil Decretó la Separación de Cuerpos, en los mismos términos expuestos en su solicitud.
En fecha 06 de Febrero de 2.017, comparecen los ciudadanos FRANKLIN RAFAEL BEDON VILLEGAS y ARELYS DEL CARMEN CARMONA GONZALEZ, asistidos por la abogada MARIA TERESA TERAN, y solicitan la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos.

SIENDO LA OPORTUNIDAD DE DICTAR SENTENCIA EL TRIBUNAL CONSIDERA:

PRIMERO: Que la presente solicitud de Conversión en DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos FRANKLIN RAFAEL BEDON VILLEGAS y ARELYS DEL CARMEN CARMONA GONZALEZ, antes identificados, es procedente conforme a derecho.
SEGUNDO: Que ésta probado en autos que desde el día 14 de Diciembre de 2015, fecha en que se decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de Un (1) año sin que haya habido reconciliación entre ellos.
Por las razones que anteceden este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos FRANKLIN RAFAEL BEDON VILLEGAS y ARELYS DEL CARMEN CARMONA GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-17.246.012 y V-17.809.429 respectivamente y de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 765 del Código de Procedimiento



Civil, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, en fecha 18 de Marzo de 2.014, según Acta de Matrimonio signada con el N° 13, Tomo II.
Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los ( 08 ) días del Mes de Febrero del Dos Mil Diecisiete (2.017). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
La Juez Temporal,

Abog. Berlix Arias Lozada.
La Secretaria,

Abg. Indira Oropeza Añez.
En ésta misma fecha siendo las 9:00 a.m, se registró y publicó la anterior sentencia.
La Secretaria,




MFP/IOA/luisa*
EXP. N° 13.288