REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITUD Nº 6782
SENTENCIA N° 42 -13072017
SOLICITANTE: ESTELA DE LOS ANGELES LOPEZ DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-2.523.669.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO: a favor de los ciudadanos ESTELA DE LOS ANGELES LOPEZ DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-2.523.669, sobre unas bienechurias levantadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, que mide TRESCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS CUADRADOS (363,70Mts2), ubicado en: Avenida Bolívar, con Calle Rivas Castillo, Casa N° 12, Sector Centro, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 10,00 Mts. Con Avenida Bolívar que es su frente; SUR: En 10,00 Mts Con Casa que es o fue de Luís Paradisis; ESTE: En 36,67 Mts Con Calle Rivas Castillo y OESTE: En 36,67 Mts. Con Casa que es o fue de la Familia Roger. Identificados con el Código Catastral 05 - 16- 01- U01-12, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Trece (13) días del mes de Julio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Veintitres (23) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

El SECRETARIO.
EXP N° 6782
DVOTE/DM/Javier.