REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITUD Nº 6856
SENTENCIA N° 62 -17072017
SOLICITANTE: EVA CAROLINA VILLEGAS BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N°. V-22.341.002
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO: a favor de la ciudadana EVA CAROLINA VILLEGAS BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N°. V-22.341.002, sobre unas bienechurias levantadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, que mide SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (75, 42 Mts2), ubicado en: Calle 19 de Abril, Casa N° 29, Sector Santa Elena, Parroquia San Francisco de Asís, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 6.66 Mts. Con Calle 19 de Abril que es su frente; SUR: En 4.35 + 2.82 Mts. Con Supermercado Las Colina; ESTE: En 12.80 Mts. Con Supermercado Las Colina y OESTE: En 7.00 + 2.94 Mts. Con Casa que es o fue de Wilfredo Villegas Bolívar y Reina Susana. Identificados con el Código Catastral 05 - 16- 03- U01- 29 cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Diecisiete (17) días del mes de Julio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Trece (13) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

El SECRETARIO.




EXP N° 6856
DVOTE/DM/Javier.