REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITUD Nº 6933
SENTENCIA N° 64 - 18072017
SOLICITANTE: JEAN CARLOS CENTENO MUÑOZ, titular de la cedula de identidad N° V.-15.497.652
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TÍTULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO: a favor del ciudadano: JEAN CARLOS CENTENO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cedula de identidad N° V.- 15.497.652, sobre unas bienhechurías levantadas sobre un terreno de propiedad del Instituto Nacional de Tierra, con un área aproximada de OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN METROS CUADRADOS (8.244.71mts²), ubicado en Calle Principal, Sector Montero, Casa N° 14-1, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal Del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 100.00 MTS + 30.00 MTS + 22.20 MTS. Con Terrenos que son o fueron de Odaliz Córdova; SUR: En 147.79 MTS. Con Terrenos que son o fueron de Juan Mendoza; ESTE: En 36.15 MTS. Con Calle Principal que es su frente; y OESTE: En 60.41 MTS. Con Zona de Reserva. Identificados con el Código Catastral 05 - 16- 02- U01- 14-1, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Dieciocho (18) días del mes de Julio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.
ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de DIEZ (10) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.
ABG. DAVID MIRATIA
EXP N° 6933
DVOTE/DM/mg.
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