REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITUD Nº 6932
SENTENCIA N° _74___ - 19072017
SOLICITANTE: LORENZA DEL CARMEN RODRÍGUEZ PERAZA, titular de la cedula de identidad N° V.-2.516.245
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TÍTULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO: a favor de la ciudadana: LORENZA DEL CARMEN RODRÍGUEZ PERAZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.- 2.516.245, sobre unas bienhechurías levantadas sobre un terreno de propiedad municipal, con un área aproximada de OCHOCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS (807.81mts²), ubicado en Calle 3, Casa N° 4, Sector El Rincón, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal Del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 62.10 MTS. Con Casa que es o fue de la Familia Martínez; SUR: En 11.20 MTS + 50.90 MTS. Con Casa que o fue de de la Familia Esparragoza, la Familia Hernández y la Familia Ibarra; ESTE: En 14.10 MTS. Con Casa que o fue de de la Familia Bonaide; y OESTE: En 12.90 MTS. Con Calle 3 que es su frente. Identificados con el Código Catastral 05 - 16- 01- U01- 4, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Diecinueve (19) días del mes de Julio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.
ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Nueve (9) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.
ABG. DAVID MIRATIA
EXP N° 6932
DVOTE/DM/mg.
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