REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITUD Nº 6935
SENTENCIA N° 77 -19072017
SOLICITANTE: RONNY OMAR PEREZ BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°.V-14.868.927
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO: a favor del ciudadano RONNY OMAR PEREZ BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°.V-14.868.927, sobre unas bienechurias levantadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, que mide aproximadamente CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (478,51 Mts2), ubicado en: Calle El Calvario, Casa N° 23, Sector La Represa Pueblo Nuevo, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 21,20 Mts. Con Casa que es o fue de Francisco Bermúdez; SUR: En 22,70 Mts. Con Casa que es o fue de Antonio Domingo Hernández; ESTE: En En 20,80 Mts. Con Calle El Calvario que es su frente y OESTE: En 22,80 Mts. Con Casa que es o fue de Julio Alvarado. Identificados con el Código Catastral 05 - 16 - 01 - U01- 23, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Diecinueve (19) días del mes de Julio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.
ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Diez (10) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.
EXP N° 6935
DVOTE/DM/Javier.
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