REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
206° y 157º

SOLICITUD Nº 6722
SENTENCIA N° 89 - 20072017
SOLICITANTES: LUIS ANTONIO HERRERA, SUGHEY BENILDE HERRERA LOPEZ y LUIS ANTONIO HERRERA LOPEZ, titulares de las cedulas de Identidad N V- 2.523.601, V- 12.309.582 y V-12.309.583 respectivamente.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECISIÓN: DECRETO DE UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a los ciudadanos: LUIS ANTONIO HERRERA, SUGHEY BENILDE HERRERA LOPEZ y LUIS ANTONIO HERRERA LOPEZ, titulares de las cedulas de Identidad N V- 2.523.601, V- 12.309.582 y V-12.309.583 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la DE CUJUS: BETTI MARIA LOPEZ DE HERRERA, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.-5.155.887, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Cúmplase.- Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura a los VEINTE (20) días del mes de JULIO de DOS MIL DIECISIETE (2017). Años 205° y 158°.
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.

EL SECRETARIO.


ABOG: DAVID MIRATIA.

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de DIECIOCHO (18) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO


ABOG: DAVID MIRATIA.

SOLICITUD N° 6722
DVOTE/DM/JLpinto.