BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN VILLA DE CURA.

SOLICITUD Nº 6983
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA N° 109–27072017
SOLICITANTES: FRANKLIN JOSÉ HERNÁNDEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.288.253.
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Juzgado y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: FRANKLIN JOSÉ HERNÁNDEZ, venezolano y titular de las cédula de identidad Nº V.- 7.288.253, sobre unas bienhechurias levantadas en un lote de terreno municipal, constante de una superficie de QUINIENTOS NOVENTA Y ÚN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (591,67 m2) ubicado en: Calle F, casa N° 15, Sector Los Colorados 02, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del estado Aragua, cuyos linderos son: NORTE: En 48,30 Mts con La Escuela Melicia Nieves Tejada; SUR: En 48,30 Mts con Casa que es o fue de la Familia Maita y con Casa que es o fue de Danilo Hernández; ESTE: En 11,00 Mts con Casa que es o fue de La Familia Villamizar y OESTE: En 11,00 Mts con Calle F que es su frente; identificados con el Código Catastral, N° 05-16-03-U01-15, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura a los veintisiete (27) días del mes de Julio (07) de Dos Mil Diecisiete (2017). Años 206° y 158°
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA.
EL SECRETARIO.
ABOG: DAVID MIRATIA.
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO
ABOG: DAVID MIRATIA.
SOLICITUD N° 6983
DVOTE/DM/ILEANA G.