REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN VILLA DE CURA.

SOLICITUD Nº 6829
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA N° 09–04072017
SOLICITANTES: MARCO ANTONIO BOLÍVAR OLIVO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.- 7.282.728.
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Juzgado y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: MARCO ANTONIO BOLÍVAR OLIVO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V.- 7.282.728, sobre unas bienhechurias levantadas en un lote de terreno municipal, constante de una superficie de CIENTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (183,93 m2) ubicado en: Pasaje 5, casa N° 57, Sector Centro, Parroquia San Francisco de Asís, Municipio Zamora del estado Aragua, cuyos linderos son: NORTE: En 21,20 Mts con Pasaje N° 5 que es su frente; SUR: En 3,90 + 16,70 Mts con casa que es o fue de Aurelino Pulido; ESTE: En 14,00 Mts con Casa que es o fue de Josefina Bolívar y OESTE: En 5,95 +7,50 Mts con Parcela N° 57-A de la Calle Páez; identificados con el Código Catastral, N° 05-16-03-U01-57, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura a los cuatro (04) días del mes de Julio (07) de Dos Mil Diecisiete (2017). Años 205° y 158°
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
EL SECRETARIO.

ABOG: DAVID MIRATIA.

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de diez (10) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO
ABOG: DAVID MIRATIA.
SOLICITUD N° 6829
DVOTE/DM/ILEANA G.