REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, veintiuno de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: DP11-L-2016-000158
PARTE ACTORA: ciudadanos BENJAMIN RODRIGUEZ, YEISY BOLIVAR, ANTONIO CARRASQUEL, FRANK HERNANDEZ, RAMON BOLIVAR, NUBIA PULIDO, MARY GONZALEZ, y MIGUEL ACOSTA, cédula de identidad Nos. V-7.299.557, V-17.247.113, V-9.644.858, V-9.643.612, V-7.254.132, 11.240.464, V-6.056.598 y V-16.436.292.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KIRG GUZMAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.149.510.

PARTE DEMANDADA: EMBOTELLADORA EL DIAMANTE, S.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.122.157.

MOTIVO: Cobro de prestaciones sociales.

En el día hábil de hoy viernes, en la fecha arriba señalada, siendo las 1:40 de la tarde, comparecen voluntariamente por la parte actora el ciudadano KIRG GUZMAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.149.510 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadanos BENJAMIN RODRIGUEZ, YEISY BOLIVAR, ANTONIO CARRASQUEL, FRANK HERNANDEZ, RAMON BOLIVAR, NUBIA PULIDO, MARY GONZALEZ, y MIGUEL ACOSTA, cédula de identidad Nos. V-7.299.557, V-17.247.113, V-9.644.858, V-9.643.612, V-7.254.132, 11.240.464, V-6.056.598 y V-16.436.292, tal como se evidencia del poder inserto al folio 57,66,75,84,93,102,111,120 de los autos, y por la entidad de trabajo EMBOTELLADORA EL DIAMANTE, S.A comparece JOSE ROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.122.157, en su carácter de apoderado judicial de la accionada, como se evidencia del poder inserto al folio 138 de la pieza 2 del expediente. En este estado ambas partes solicitan celebrar audiencia conciliatoria en etapa de ejecución de sentencia para materializar lo sentenciado por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado en fecha 30 de mayo 2017 que corre inserta en los folios 18 al 39 de la pieza denominada 2 de 2

Con base a lo antes transcrito, esta rectora realizó los cálculos ordenados, en cumplimiento de los parámetros establecidos en la sentencia del Tribunal Superior, informe inserto a los folios 47 al 75 de la pieza denominada 2 de 2. La Juez, verificada la cualidad de las partes, acuerda lo peticionado y declaro abierto el acto. En este estado, las partes manifiestan conocer el monto resultante de dichos cálculos el cual es para el ciudadano:
1.- BENJAMIN RODRIGUEZ, cédula de identidad No. V-7.299.557 la cantidad de Bs. 495.039,68.
2.- YEISY BOLIVAR cédula de identidad No V-17.247.113, la cantidad de Bs. 359.014,54.
3.- ANTONIO CARRASQUEL, cédula de identidad No V-9.644.858, la cantidad de Bs. 355.601,25
4.- FRANK HERNANDEZ, cédula de identidad No V-9.643.612, la cantidad de Bs. 348.937,70
5.- RAMON BOLIVAR, cédula de identidad No V-7.254.132, la cantidad de Bs. 302.832,29.
6.- NUBIA PULIDO, cédula de identidad No 11.240.464, la cantidad de Bs.317.470,74.
7.- MARY GONZALEZ, cédula de identidad No V-6.056.598, la cantidad de Bs. 341.720,63.
8.- MIGUEL ACOSTA, cédula de identidad No V-16.436.292, la cantidad de Bs. 204.462,27.

Dichas cantidades es pagado este acto en su totalidad mediante cheques Nos. 65284227, 96284226, 17284275, 3284228, 73284229, 48284274, 07284230 y 79284273, todos emitidos contra el Banco Mercantil, de fecha 17-7-2017 a nombre de cada uno de los trabajadores actores y por las cantidades supra indicadas. El ciudadano KIRG GUZMAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.149.510 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora arriba identificada, manifiesta que esta conforme con dicho monto y su representada nada más tienen a reclamar a la accionada por los conceptos condenados; se anexan copias de los instrumentos mercantiles, arriba identificados.