REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE EL TRIBUNAL SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Se verifica que la parte recurrente de hecho presentó diligencia de fecha 15 de junio de 2017, suscrita por el abogado Marcos Gámez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Rebeca Jiménez Zamora, contentiva de desistimiento del recurso de control de la legalidad, incoado contra la sentencia dictada en fecha 08 de junio de 2017, emanada de este Juzgado.
A los fines de decidir, se observa:
Consta en el presente expediente documentación suficiente que acredita la representación que asume el abogado Marcos Gámez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la recurrente de hecho; así como la facultad expresa para desistir, por tanto, teniendo la parte la capacidad establecida en el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, aplicable conforme al artículo 11 de la Ley Adjetiva Laboral, y siendo el desistimiento expresado por la parte accionada, en el presente juicio, producto de la expresión de voluntad libre, consciente y espontánea; y que dicho desistimiento no es contrario a derecho, en uso de sus atribuciones legales previstas en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable éste último conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Superior, decide: Se HOMOLOGA el desistimiento realizado por la recurrente de hecho.
Publíquese, regístrese, déjese copia y archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay a los 20 días del mes de junio de 2017. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
El Juez Superior,
___________________ JOHN HAMZE SOSA
La Secretaria,
________________________¬¬¬¬¬__
LOIDA LUCIA CARVAJAL
En esta misma fecha, siendo las 3:15 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria,
________________________¬¬¬¬¬__
LOIDA LUCIA CARVAJAL


Asunto No. DP11-R-2017-000128. JHS/llc.