REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITANTES: IVINOSKY ASTRID VASQUEZ RODRIGUEZ Y MANUEL ALEJANDRO ORDOÑEZ MASSO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.161.847 y V-9.683.160, respectivamente y ambos de este domicilio.
MOTIVO: CONVERSIÓN EN DIVORCIO
EXPEDIENTE N°: 13.429
SENTENCIA DEFINITIVA
En fecha 24 de Mayo de 2016, los Ciudadanos: IVINOSKY ASTRID VASQUEZ RODRIGUEZ Y MANUEL ALEJANDRO ORDOÑEZ MASSO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.161.847 y V-9.683.160, respectivamente y ambos de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio: PABLO ARTEAGA LINARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 147.929, presentaron escrito de solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, la cual fue decretada mediante auto de fecha 13 de Junio de 2016, de conformidad con lo establecido en el Artículo 762, Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil, y expresaron que de la unión conyugal no procrearon hijos y no adquirieron bienes.
Mediante diligencia presentada en fecha 14 de Junio de 2017, por los ciudadanos IVINOSKY ASTRID VASQUEZ RODRIGUEZ Y MANUEL ALEJANDRO ORDOÑEZ MASSO, antes identificados, solicitaron la conversión de la SEPARACIÓN DE CUERPOS en DIVORCIO.
SIENDO LA OPORTUNIDAD PARA DICTAR SENTENCIA EL TRIBUNAL CONSIDERA:
PRIMERO: Que la presente solicitud de Conversión del DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los Ciudadanos IVINOSKY ASTRID VASQUEZ RODRIGUEZ Y MANUEL ALEJANDRO ORDOÑEZ MASSO, es procedente conforme a derecho.
SEGUNDO: Que ésta probado en autos que desde el día 13 de Junio de 2017, fecha en que se decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de Un (1) año sin que haya habido reconciliación entre ellos.-
Por las razones que anteceden este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos dictada en fecha 13 de Junio de 2016 de los ciudadanos IVINOSKY ASTRID VASQUEZ RODRIGUEZ Y MANUEL ALEJANDRO ORDOÑEZ MASSO, quienes son
venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-17.161.847 y V-9.683.160, respectivamente y ambos de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, conforme se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 220, Tomo V, Año 2.011, de fecha 12 de Noviembre de 2.011.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los ( 19 ) días del Mes de Junio del Año Dos Mil Diecisiete (2017).- Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. HECTOR E. TABARES AGNELLI.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LIZ VERONICA PLAZA.
En ésta misma fecha siendo las 11:30 A.M. se registró y publicó la anterior sentencia.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
EXP. N° 13.429
HET/tt
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