REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MJEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
206º y 157º

La Victoria 12 de JUNIO DE 2017

SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº 5459-15
MOTIVO SEPARACION DE CUERPOS CONVERSION A DIVORCIO
PARTES ANA MERY MARTINEZ DE GRINER Y CARLOS ALBERTO MEDINA ESCOBAR, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-3.374.762 Y V-4.133.447 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE NATALING YSABEL ODUBER TAPIA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.955


SÍNTESIS NARRATIVA
- I –
Se inicia el presente procedimiento mediante escrito presentado En fecha 15 de ABRIL de 2015, por los ciudadanos ANA MERY MARTINEZ DE GRINER Y CARLOS ALBERTO MEDINA ESCOBAR , mayores de edad, venezolanos, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-3.374.762 Y V-4.133.447 respectivamente debidamente asistidos por el Abg. NATALING YSABEL ODUBER TAPIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.955 Mediante la cual solicitan de mutuo y común acuerdo se declare la Separación de Cuerpos. Alegaron que contrajeron matrimonio el día tres (04) de JULIO de 2013, que no procrearon hijos, ni bienes que liquidar, Asimismo, consignaron copia certificada del Acta de Matrimonio.

En fecha 29 de Enero de 2015, este Tribunal, decretó la Separación de Cuerpos.

En fecha doce (05) de MAYO de 2017, comparece mediante diligencia los Ciudadanos: ANA MERY MARTINEZ DE GRINER Y CARLOS ALBERTO MEDINA ESCOBAR identificados ut supra debidamente asistidos por el abogado Edward Hernández IPSA 272.830, en la cual solicita se declare la conversión de divorcio.

En fecha (12) de mayo de 2017, en virtud de la designación la Abogada, CARMEN MAGALY AVENDAÑO ALDANA, como Juez Temporal se aboca al conocimiento de la presente causa en esta misma fecha este Tribunal dictó auto en el cual se acuerda la Notificación del Fiscal del Ministerio Público.-

En fecha seis (24) de mayo de 2017, comparece el Alguacil Titular de éste Despacho, consignando copia de la boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Publico.

Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:

-II-
MOTIVACION
Consta de las actas procesales que conforman el presente expediente que los cónyuges ciudadanos: ANA MERY MARTINEZ DE GRINER Y CARLOS ALBERTO MEDINA ESCOBAR, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-3.374.762 Y V-4.133.447 respectivamente debidamente asistidos por la Abg. NATALING YSABEL ODUBER TAPIA IPSA 120.955 han vivido separados de cuerpo por más de UN (01) año, sin producirse reconciliación y como estos son los supuestos legales
previstos en el Aparte Único del Artículo 185 del Código Civil, ES PROCEDENTE LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPO SOLICITADA.- Y ASÍ SE DECIDE