REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITUD Nº 6751
SENTENCIA N° 14- 12062017
SOLICITANTES: ALICIA ANTONIA UTRERA, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-2.524.540
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO: a favor de la ciudadana ALICIA ANTONIA UTRERA, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-2.524.540, sobre unas bienechurias levantadas sobre una parcela de terreno de su propiedad con una Superficie o área total de aproximadamente DOSCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS CUADRADOS (232,30 Mts2), ubicado en: En el Sector La Represa, Callejón N° 05, Casa N° 6-A, Barrio Pueblo Nuevo, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 11.50 Mts. Con casa que es o fue de Miguel Alvarado; SUR: En 11.50 Mts. Con Callejón N° 05 que es su frente; ESTE: En 20.20 Mts. Con Callejón “E” y OESTE: En 20.20 Mts. Con casa que es o fue de la Familia Infante. Identificados con el Código Catastral 05- 16- 01- U01- 08- 6-A, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Catorce (14) días del mes de Junio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Diecisiete (17) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.

EXP N° 6751
DVOTE/DM/Javier.