REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITUD Nº 6762
SENTENCIA N° 21 - 19062017
SOLICITANTE: AMARILIS DOLORES DELGADO FLORES, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-13.116.794
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO: a favor de la ciudadana AMARILIS DOLORES DELGADO FLORES, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-13.116.794, sobre unas bienechurias levantadas sobre una extensión de terreno propiedad Municipal con una área aproximada de CUATROCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (417,20 Mts2), ubicado en: Calle Fermín Toro, Casa N° 08, Sector San Cipriano, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 9,40 Mts. Con calle Fermín Toro que es su frente; SUR: En 9,70 Mts. Con vereda; ESTE: En 24,70 Mts. Con Casa que es o fue de Maritza Córdova y OESTE: En 24,70 Mts. Con Casa que es o fue de Edgar G. Delgado. Identificados con el Código Catastral 05- 16- 01- U01- 08-, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Diecinueve (19) días del mes de Junio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO

ABG. DAVID MIRATIA

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Trece (13) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.

EXP N° 6762
DVOTE/DM/Javier.