REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITUD Nº 6760
SENTENCIA N° 25 - 20062017
SOLICITANTES: CARMEN CRISTINA CARMONA DE GONZALEZ, venezolana, mayor edad, casada, titular de la cédula de identidad Nros. V-7.292.576
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO: a favor de la ciudadana CARMEN CRISTINA CARMONA DE GONZALEZ, venezolana, mayor edad, casada, titular de la cédula de identidad Nros. V-7.292.576, sobre unas bienechurias levantadas sobre un terreno propiedad Municipal con una Superficie aproximada de CIENTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (179,46 Mts2), ubicado en: Calle La Romana, Casa N° 11-1, Sector Las Tablitas, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 6,25 Mts. Con Calle La Romana que es su frente; SUR: En 6,00 Mts. Con casa que es o fue de Oraima Aparicio; ESTE: En 29,30 Mts. Con casa que es o fue de Alejandra Carmona y OESTE: En 29,30 Mts. Con casa que es o fue de Francisco Olivero. Identificados con el Código Catastral 05- 16- 01- U01- 07-11-1, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Veinte (20) días del mes de Junio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO


ABG. DAVID MIRATIA

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Treinta (30) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.

EXP N° 6760
DVOTE/DM/Javier.