REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITUD Nº 6674
SENTENCIA N° 40 - 22062017
SOLICITANTE: FRANCY BEATRIZ APONTE CARACAS, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cedula de identidad N° V.- 8.780.635.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: DECRETO DE TÍTULO SUPLETORIO
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Tribunal y en ésta misma fecha, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO: a favor de la ciudadana: FRANCY BEATRIZ APONTE CARACAS, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil y titular de la cedula de identidad N° V.- 8.780.635, sobre unas bienhechurías levantadas sobre un terreno de su propiedad, con un área aproximada de CIENTO SEIS CON SIETE CENTÍMETROS (106,07m2), ubicado en: Calle principal Funda Villa, Casa N°51, Sector el Rincón, Villa De Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal Del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: Con Casa que es ó fue de Belkys Aponte; SUR: Con Casa que es ó fue de Leopoldo Sáez; ESTE: Con Calle principal en medio que es su frente y OESTE: Con Casa de Guillermina Herrera. Identificados con el Código Catastral 05 - 16- 01- U01- 51, cuyas características y demás determinaciones consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Veintidós (22) días del mes de Junio de Dos Mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación
LA JUEZA PROVISORIA.
ABOG: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR E.
El SECRETARIO
ABG. DAVID MIRATIA
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Quince (15) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
El SECRETARIO.
ABG. DAVID MIRATIA
EXP N° 6773
DVOTE/DM/mg.
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